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Desestima la Corte acción de inconstitucionalidad

Vigente, la ley que permite a partidos devolver recursos en casos de desastre

El dinero deberá ser entregado al INE y no a la Tesorería federal, determina

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▲ La norma, que tiene como fin apoyar a la población, fue promulgada en febrero pasado. La imagen, en Chiapas tras el paso del huracán Stan en 2005.Foto Alfredo Domínguez
 
Periódico La Jornada
Viernes 7 de octubre de 2022, p. 10

La reforma legal que permite a los partidos políticos devolver su financiamiento público para apoyar a la población en casos de desastres naturales seguirá vigente, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó la acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de oposición contra estas normas.

Se trata de la acción de inconstitucionalidad 52/2022, que cuestionaba la validez de los cambios a las leyes General de Partidos Políticos (LGPP) y Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, promulgados el 27 de febrero pasado.

Aunque seis de los 11 ministros del pleno se pronunciaron por invalidar esta reforma, no se reunieron los ocho votos necesarios para conformar una mayoría calificada, requisito fijado en la Constitución para que la SCJN pueda anular una ley ya en vigencia.

La única porción de la LGPP que sí logró mayoría calificada para ser invalidada es la que señalaba que los partidos que quisieran devolver el remanente de su presupuesto público lo podrían hacer directamente a la Tesorería de la Federación. Esta disposición se anuló, pues los ministros consideraron que el dinero debe ser entregado al Instituto Nacional Electoral, quien es el responsable de repartir este financiamiento y auditarlo.

La invalidez que se está señalando era por dos causas: el no recibir los recursos, renunciar a ellos o reintegrarlos. El renunciarlos se dijo por la mayoría que no requería la intervención del INE; en el reintegro sí, porque ahí sí se supone que lo debe fiscalizar primero el INE. Entonces, lo que se está invalidando es el reintegro, explicó el ministro Luis María Aguilar.

La discusión de esta acción de inconstitucionalidad le llevó a la SCJN un mes, debido a que dos ministros se enfermaron y otros más fueron comisionados para representar al máximo tribunal en diversos eventos oficiales, situación que obligó a esperar a que estuviera el pleno completo con el fin de evitar empates y en espera de ver si se conseguía alguna votación con mayoría calificada.