Política
Ver día anteriorJueves 8 de septiembre de 2022Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio
Delitos de cuello blanco se enfrentarían en libertad
 
Periódico La Jornada
Jueves 8 de septiembre de 2022, p. 5

De tener éxito la propuesta del ministro Luis María Aguilar para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalide la prisión preventiva oficiosa (PPO), esta medida cautelar dejaría de aplicarse para la mayoría de los delitos fiscales.

Este jueves el máximo tribunal retomará la discusión sobre las acciones de inconstitucionalidad 130/2019 y 136/2019, en donde la mayoría de los ministros ya manifestó su rechazo a la propuesta original de Aguilar para inaplicar el artículo 19 de la Constitución, que contempla la PPO.

El ministro ponente pidió tiempo para analizar las posturas de sus compañeros del pleno, lo cual implica que al iniciar la sesión de este jueves podría presentar una modificación de fondo o de forma a su proyecto, donde proponga no tocar el texto constitucional, pero sí invalidar la PPO, con base en la propia Carta Magna.

De ser así, se invalidaría no sólo el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, sino también las fracciones VIII, VIII Bis y VIII Ter, del artículo segundo de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, que permite aplicar la prisión preventiva oficiosa a imputados por delitos de contrabando y su equiparable, defraudación fiscal y su equiparable, así como los relacionados con la expedición, venta, enajenación, compra o adquisición de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o simuladas, en determinadas modalidades y cuantías.

No debe ser aplicada siempre en automático

El ministro Aguilar argumenta que estos ilícitos no siempre corresponden al tipo penal de delincuencia organizada, por lo cual la aplicación de la PPO en estos casos no debe ser automática.

De esta forma, no cabe argumentar que es admisible la incorporación al régimen de delincuencia organizada de estos ilícitos aduciendo que se afecta de forma grave el normal funcionamiento de la hacienda pública, el erario y, en general, que existe una gran lesión al patrimonio público, señala el proyecto.

Añade que en los delitos fiscales no puede argumentarse que dejar a los imputados seguir su proceso en libertad ponga en riesgo la vida o integridad de nadie, pues no son ilícitos de carácter violento.

Para aprobar esta propuesta será necesaria una mayoría calificada de ocho de los 11 ministros del pleno.