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Incumple el Senado órdenes de la Suprema Corte para expedir o reformar 15 leyes
 
Periódico La Jornada
Lunes 23 de mayo de 2022, p. 13

El Senado –como la Cámara de Dipu-tados– tiene pendiente de cumplir resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). En total, la Cámara Alta está en falta con el Poder Judicial en el acatamiento para expedir o reformar 15 leyes, cuyo plazo venció entre julio de 2020 y abril de 2022.

Las leyes que el Senado tiene en trámite o aplazadas son la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas la Formas de Discriminación Racial; la de Consulta previa, libre, informada, de buena fe y culturalmente adecuada de pueblos, comunidades indígenas y afromexicanas; la ley de Comunicación Social; la de Acreditación de concubinato para reclamar pensión por viudez de militares; la ley de Justicia Cotidiana; la de eliminar el periodo transcurrido entre el matrimonio y la muerte como condicionante para otorgamiento de pensión.

Además, la regulación en materia de error judicial; la ley Nacional del Uso de la Fuerza; Participación de senadores sin grupo en la Comisión Permanente; Suspensión del ejercicio de los derechos y las garantías; la de Educación Indígena e Inclusiva.

También están prorrogadas la Ley Federal de Revocación de Mandato; la ley de Objeción de Conciencia; la de Garantías de derechos político-electorales a mexicanos en el extranjero y la Facultad de los municipios para regular la planeación y el desarrollo urbanístico.

En el incumplimiento de la Cámara Alta, se observa, por ejemplo, que desde julio de 2020 venció el plazo que el Poder Judicial otorgó al Senado para incorporar al Código Penal Federal las conductas raciales como delito, en cumplimiento a lo ordenado por el artículo 4º, incisos a) y b) de la Convención Internacional Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, la cual entró en vigor el 22 de marzo de 1975.

Al respecto, la SCJN confirmó la sentencia como hace constar en el Amparo en Revisión 805/18.

En el caso de la Consulta previa, libre, informada, de buena fe y culturalmente adecuada de pueblos, comunidades indígenas y afromexicanas, se trata de una resolución del Poder Judicial derivada de la sentencia de amparo 526/18, que ordena al Congreso de la Unión emitir las reglas y el procedimiento de consulta a dichos grupos. El plazo para aprobarla venció el 31 de agosto de 2021.

Respecto a la Regulación en materia de error judicial, por mandato judicial, derivado de la sentencia de amparo 435/21-II, las autoridades responsables deben realizar todas las acciones necesarias, con el fin de que, antes de que finalice el segundo periodo ordinario de sesiones del primer año del ejercicio de la LXV Legislatura, expidan la Ley Reglamentaria de los artículos 14.6 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 10 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 85 del estatuto de Roma, que regule en materia de error judicial. El plazo venció el 30 de abril de 2022.