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Inhabilitan 10 años a ex colaborador de Robles por la Estafa maestra
 
Periódico La Jornada
Sábado 23 de abril de 2022, p. 7

Uno de los implicados en la red de corrupción que presuntamente desvió recursos públicos por 5 mil 73 millones de pesos de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) en el sexenio de Enrique Peña Nieto –caso por el cual la ex titular de la dependencia, Rosario Robles, es procesada– fue sancionado en definitiva con la inhabilitación por 10 años para desempeñarse en el servicio público y multado con 370 millones de pesos.

Se trata del ex director general de Desarrollo Comunitario de Rosario Robles, José Israel Torres Gutiérrez, implicado en el pago de 601 millones de pesos a Radio y Televisión de Hidalgo por servicios que no fueron prestados.

La Secretaría de la Función Pública (SFP), encabezada por Roberto Salcedo Aquino, refirió ayer en un comunicado, en el que no mencionó el nombre del sancionado, que tras la defensa jurídica que se realizó ante diversas instancias quedaron en firme las sanciones que el Órgano Interno de Control (OIC) de la entonces Sedesol –actualmente Secretaría de Bienestar– impuso al ex servidor público.

En septiembre de 2018, el OIC de la Sedesol determinó sancionar a Torres Gutiérrez por irregularidades en la documentación de la prestación de servicios para la realización de campañas en Radio y Televisión de Hidalgo, además de autorizar que el pago se hiciera con cargo a una partida no aplicable para los servicios contratados.

El ex integrante del equipo de Robles impugnó la sanción en 2019; sin embargo, en enero de 2020 la sala superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa resolvió reconocer la validez de la resolución.

Ante ello, Torres Gutiérrez solicitó un amparo, que le fue negado por el decimoctavo tribunal colegiado en materia administrativa del primer circuito. Luego interpuso un recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual finalmente resolvió desecharlo por improcedente, debido a que no se trataba de materia propiamente constitucional.

La SFP agregó en el comunicado que el OIC determinó las sanciones conforme a la legislación vigente en el momento en que ocurrieron los hechos, tras haber infringido la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos.