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Pandemia
Endurecen penas por adulteración de medicinas
 
Periódico La Jornada
Viernes 5 de noviembre de 2021, p. 14

El Senado aprobó reformas a la Ley de Salud para endurecer las sanciones para quien adultere, falsifique, contamine, altere o permita estas acciones en medicamentos, fármacos y vacunas, como las destinadas a la atención de la pandemia por Covid-19.

La iniciativa que se dictaminó fue una propuesta del coordinador del PRD, Miguel Ángel Mancera, quien destacó en el pleno que se está poniendo un supuesto de graduación distinto para el caso de que se trate de alguno de los supuestos del artículo 181 (de la Ley General de Salud) que precisamente habla de la etapa de una pandemia, indicó.

Explicó que cuando las conductas anteriores involucren medicamentos o vacunas que pretendan prevenir, detectar, tratar o curar epidemias de carácter grave, peligro de invasión de enfermedades transmisibles, situaciones de emergencia o catástrofe que afecten al país (artículo 181), las penas aumentarán hasta en un tercio.

Y también se reforma el artículo 464 Ter de la Ley General de Salud, que establece sanciones de hasta 15 años de prisión y multas que pueden ascender a los 8 millones 962 mil pesos (100 mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente).

En México, de acuerdo con datos de la Asociación Nacional de Farmacias (Anafarmex), este negocio representa ganancias ilícitas por casi 8 mil millones de pesos. La OMS hoy nos advierte de las ganancias multimillonarias de más de 30 mil millones de dólares o de lo que nos habla la DEA, de un ejercicio de organizaciones criminales multilaterales, destacó.

La presidenta de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda, la morenista Ana Lilia Rivera, resaltó que con esta reforma se propone el incremento de la penalidad cuando las conductas descritas se cometan con vacunas para la inmunización contra agentes patógenos de una epidemia de carácter grave y cuando en su comisión participe un servidor público en ejercicio de sus funciones.