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Pandemia
Ordena la SCJN suspender la difusión de los contratos de compra de vacunas

Solicita primero la conclusión de 12 resoluciones impugnadas al INAI

 
Periódico La Jornada
Martes 20 de julio de 2021, p. 9

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó suspender la difusión de cualquier información sobre los contratos de compra de las vacunas contra el Covid-19 de Pfizer-BioNTech, AstraZeneca, CanSino y Sputnik, hasta que se resuelvan los 12 recursos de revisión en materia de seguridad nacional que promovió la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF).

Esta dependencia impugnó ante el máximo tribunal las resoluciones del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) a una docena de solicitudes presentadas ante la Secretaría de Salud, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios y otras autoridades del sector sobre los contratos firmados entre el gobierno mexicano y diversos fabricantes de vacunas.

Las solicitudes de información pedían respuestas a preguntas como ¿Qué cantidad de vacunas contra el Covid-19 ha comprado el gobierno mexicano y qué cantidad de cada una de las marcas?

Las autoridades sanitarias rechazaron estas peticiones de información, por lo que los solicitantes recurrieron al INAI, que ordenó liberar cuando menos las versiones públicas de los documentos requeridos.

Ante ello, la CJEF pidió la intervención de la SCJN, al considerar que esta información, por tratarse de datos sobre la capacidad del país para enfrentar una pandemia de nivel global, es un tema de seguridad nacional.

El mes pasado se dio a conocer de un primer recurso de la CJEF en contra de transparentar los contratos de la vacuna Sputnik V, sin embargo, esta medida cautelar se extiende ahora a prácticamente todos los tipos de vacunas.

Los 12 recursos promovidos por la CJEF fueron asignados por turno al ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien ordenó detener la publicidad de cualquier dato sobre las vacunas hasta que la SCJN tome una resolución definitiva: El otorgamiento de dicha medida tiene como finalidad evitar que la difusión de determinada información provoque un daño irreparable al bien constitucional consistente en la seguridad nacional, estableció el magistrado.