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El fallo exime al instituto de realizar acciones que afecten su presupuesto
 
Periódico La Jornada
Miércoles 16 de junio de 2021, p. 9

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) explicó que la suspensión contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut) concedida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) implica que se detienen las acciones relacionadas con las atribuciones conferidas al IFT y que se ven afectadas presupuestalmente.

Entre éstas se encuentran las que se deban realizar para el desarrollo de la plataforma que concentrará la información del padrón, la emisión de las disposiciones administrativas para su operación, las campañas y medios de información para la difusión del programa, así como la consecuencia lógica de que no procede la aplicación de sanción de responsabilidad, explicó el IFT en un comunicado emitido ayer tras darse a conocer la decisión de la Corte.

El pasado 26 de mayo, el IFT presentó una controversia constitucional ante la SCJN contra el decreto del 16 de abril de 2021, que creó el Panaut. El órgano regulador de telecomunicaciones argumentó que no cuenta con los recursos para cumplir el mandato legislativo de poner en marcha el registro de telefonía con cargo a su presupuesto.

Este martes la SCJN concedió al IFT la suspensión respecto a la obligación de instalar, operar, regular y mantener el Panaut, al señalar que con su puesta en marcha existe una inminente afectación presupuestaria del IFT, que puede poner en peligro su autonomía constitucional.