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Sugiere reforma a la ley

Concluye el ombudsman de Oaxaca que policías ejecutaron a Alexander Martínez

Recomienda reparación integral del daño y que el edil de Acatlán ofrezca disculpa pública

Corresponsal
Periódico La Jornada
Martes 30 de marzo de 2021, p. 23

Juchitán, Oax., La Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO) determinó en su recomendación 01/2021 que la muerte de Alexander Martínez Gómez, de 16 años de edad, fue una ejecución perpetrada por policías municipales de Acatlán de Pérez Figueroa.

Alexander, apodado Chander, fue ultimado a tiros el 9 de junio de 2020 por los agentes que iban a bordo de la patrulla número 023.

El presidente de la DDHPO, Bernardo Sánchez Alamilla, expuso en conferencia de prensa virtual que este caso se detalla en el expediente DDHPO/914/(26)/OAX/2020, por el cual se giró la recomendación 01/2021, y exhortó al Estado mexicano a que se elabore una ley para tipificar y sancionar los abusos que cometan los agentes policiales.

Señaló que la investigación demostró que se violaron los derechos de Chander y su madre, Virginia; su padre, Teodoro, y su hermano, Alexis, a la integridad personal por uso ilegal de la fuerza, a la vida por ejecución arbitraria, así como a la verdad y al acceso a la justicia, pues no se les garantizó una investigación seria, imparcial ni efectiva del crimen.

Señala deficiencias en la investigación de la fiscalía

Sánchez Alamilla aseguró que no se acreditaron legalidad ni absoluta necesidad que motivaran disparar contra Martínez Gómez, ya que los uniformados no repelieron una agresión ni un peligro real. Por ello, el joven pereció como resultado de un uso ilegal de la fuerza imputable a la policía municipal.

Asimismo, el ombudsman estatal acreditó que la investigación sobre el homicidio de Alexander Martínez no se ha realizado de manera seria, efectiva e imparcial, pues la intervención policial y ministerial en el lugar de los hechos no se efectuó conforme a normas y protocolos, particularmente conforme al registro de cadena de custodia, entrega-recepción de indicios o elementos materiales probatorios, ni en cuanto al mapa del procedimiento.

Por lo tanto, la DDHPO recomendó al presidente municipal de Acatlán de Pérez Figueroa, Adán Maciel Sosa, que en un plazo de 40 días hábiles, contados a partir de la aceptación de la recomendación, en coordinación con la Fiscalía General del Estado de Oaxaca, repare integralmente los daños ocasionados a las víctimas directas e indirectas reconocidas.

Asimismo, recomendó al edil realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad y disculpa pública.