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Ácido: la barbarie de la violencia de género
E

l empresario gasolinero y ex diputado Juan Antonio Vera Carrizal, acusado de fraguar el ataque con ácido que sufrió el año pasado la saxofonista mixteca María Elena Ríos Ortiz, se entregó ayer a las autoridades de Oaxaca, según informó el gobernador de esa entidad, Alejandro Murat.

Como se recordará, la bárbara agresión, cometida el 9 de septiembre de 2019, dejó en la víctima graves lesiones que la han conducido a un lento y doloroso proceso de recuperación que dista de haber terminado. Los autores materiales del ataque, dos albañiles que según sus propias declaraciones recibieron 20 mil pesos por perpetrar la atrocidad, fueron detenidos en acciones separadas a finales de diciembre del año pasado y a mediados de febrero de 2020 la Fiscalía General del Estado de Oaxaca dictó una orden de aprehensión en contra de Vera Carrizal y ofreció una recompensa de un millón de pesos a quien aportara datos para su captura.

El indignante episodio ha obligado a voltear la vista hacia esta expresión de violencia de género, particularmente brutal, que puede provocar la muerte, causar lesiones tan dolorosas como indelebles y en muchos casos, incapacitantes, y que conlleva invariablemente un quiebre brutal en la vida de las víctimas.

Los ataques con ácido son trágicamente frecuentes en naciones como India y Bangladesh, ocurren cerca de mil 500 casos anualmente en el mundo y en los pasados 10 años se han perpretado más de una decena en nuestro país, aunque no se tienen cifras precisas porque no todas las agresiones de esta clase se denuncian. Por otra parte, no existe una tipificación precisa en la legislación nacional para delitos de esta índole y es difícil, por ello, darles un seguimiento estadístico puntual.

Es claro, sin embargo, que los ataques con ácido son un acto de extremada misoginia, por cuanto 80 por ciento de quienes los sufren son mujeres.

A falta de una figura más precisa en el derecho penal, parece acertado que en el caso del presunto agresor de María Elena Ríos la imputación principal –y sería imperdonable que fuera la única– se haya formulado en términos de feminicidio en grado de tentativa. Cabe esperar que el caso no sólo se traduzca en una procuración e impartición plenas de justicia, la reparación y la garantía de no repetición, sino también que el episodio de pie a la reactivación de las pesquisas para agresiones similares que todavía permanecen impunes.

Debe considerarse el que en las agresiones de género la impunidad es particularmente catastrófica, no sólo porque representa la denegación de justicia y la vulneración del estado de derecho, sino porque constituye un verdadero impulso para la comisión de agresiones ulteriores. Es preciso, por ello, que los agresores de María Elena Ríos reciban, en el marco de la legislación aplicable, sanciones ejemplares, y que todos los niveles de gobierno y los tres poderes de la Unión empiecen a dar muestras de un verdadero compromiso para prevenir y sancionar todas las expresiones de violencia en contra de las mujeres.