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Condonarán multas al 100% a contribuyentes que se desistan de juicios fiscales
 
Periódico La Jornada
Viernes 27 de diciembre de 2019, p. 24

El Congreso de la Ciudad de México autorizó a la Procuraduría Fiscal del gobierno capitalino condonar hasta ciento por ciento de multas y recargos a los contribuyentes que opten por desistirse de recursos de revocación o juicios y amparos iniciados contra actos de la autoridad hacendaria local, pendientes de resolución, para suscribir un convenio de conciliación.

Esto, a partir de la implementación del procedimiento e-Revocación, que sustituirá al recurso administrativo tradicional utilizado por el gobierno para hacer efectivo el cumplimiento de obligaciones fiscales de personas físicas y morales.

En su análisis de la iniciativa correspondiente, el Legislativo observó que para intentar combatir actos o resoluciones de la autoridad son contados los contribuyentes que recurren al recurso de revocación actual y en cambio se promueven al día un promedio de 39 juicios de nulidad ante el Tribunal de Justicia Administrativa y añade que, sumando los juicios de amparo que pueden repetirse subsecuentemente, el tiempo que transcurre entre la interposición del primer recurso y la sentencia firme puede ser de entre cinco y seis años.

El procedimiento e-Revocación, incorporado al Código Fiscal como título tercero bis, a partir del artículo 449-1, tiene por objeto promover la conciliación entre los particulares y las autoridades fiscales, así como revisar los actos que éstas emiten y, en su caso, modificar la situación fiscal de los contribuyentes, actuando bajo los principios de oralidad, igualdad, no discriminación, accesibilidad, simplificación, automatización, transparencia, eficacia y eficiencia.

Procede sobre determinaciones de contribuciones, negativas a devolución de cantidades, determinaciones de indemnización a la hacienda pública e imposición de multas, así como contra el requerimiento del pago de créditos fiscales en los que se consideren cantidades en exceso imputables a la autoridad; procedimientos de ejecución de embargos o inmovilización de depósitos bancarios que manfieste el contribuyente que no se ajustaron a la ley, entre otros señalados en el mismo ordenamiento.

Señaló en su análisis que en la elaboración de dicho nuevo modelo procesal, la Secretaría de Administración y Finanzas (SAF) tuvo el acompañamiento de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe, con una visión de las mejores prácticas internacionales, y tuvo asistencia técnica del Banco Interamericano de Desarrollo.

Se trata de una alternativa ágil, eficiente y económica para solucionar las controversias y aprovechar los medios tecnológicos. Y tiene como ejes la oralidad, el procedimiento digital en su totalidad y la visión conciliadora en sustitución del esquema contencioso y sancionador.

El Código Fiscal que entrará en vigor el primero de enero señala que la SAF iniciará el desarrollo e implementación del sistema por el cual se sustanciará el procedimiento e-Revocación y una vez que inicie su operación, los contribuyentes podrán optar por tramitar un convenio de conciliación ante la Procuraduría Fiscal, desistiéndose de los recursos de revocación o los juicios interpuestos, con lo que obtendrán la condonación de 100 por ciento de multas y recargos.