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Resolución a una contradicción de tesis

Condiciona Corte el derecho de audiencia a conductores que rebasen el alcoholímetro

Para ejercerlo, un médico legista debe determinar el estado etílico

 
Periódico La Jornada
Viernes 1º de noviembre de 2019, p. 38

Los conductores detenidos por no haber pasado la prueba de alcoholemia deberán ser evaluados por un médico legista para ver si están en condiciones de comparecer ante un juez calificador, esto como requisito indispensable para otorgar el derecho de audiencia previa.

Así lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver la contradicción de tesis 171/2019, surgida entre dos tribunales colegiados que hacían interpretaciones distintas sobre la aplicación de este derecho, en el caso de las sanciones por conducir en estado de ebriedad.

En la sesión previa, el ministro presidente, Arturo Zaldívar, pidió a sus compañeros del pleno reflexionar sobre el alcance que tendría su decisión, les dijo”: “Si la tesis se aprueba como está, prácticamente se hace inoperante el instrumento del alcoholímetro –que según estadísticas– ha salvado muchísimas vidas y ha cambiado –incluso– la cultura de los habitantes, al menos de la Ciudad de México, y entiendo que de otras ciudades.”

Ante el llamado, este jueves el ministro ponente, Juan Luis González Alcántara Carrancá, modificó su proyecto para quedar de la manera siguiente: El momento oportuno para otorgar el derecho de audiencia previa se actualiza cuando el presunto infractor se encuentra en las instalaciones del juez calificador.

Con ello la aplicación de sanciones por dar positivo en el alcoholímetro queda prácticamente igual, con la única variante de que se exigirá que un médico legista determine el momento en que el detenido haya superado su embriaguez y pueda comparecer ante el juez administrativo, en ejercicio de su derecho de audiencia previa.

Al respecto, González Alcántara Carrancá señaló: “En esos casos, la autoridad debe esperar a que el infractor se recupere y esté en condiciones –a juicio del médico legista correspondiente– de alegar lo que a su defensa convenga.”

En la audiencia, el ministro presidente agradeció a González Alcántara Carrancá haber cambiado el sentido de su proyecto.