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Nos sentimos ofendidos, dice la defensa

Presentarán queja contra juez que dictó prisión preventiva a Robles

Los abogados buscan que la ex funcionaria enfrente el juicio en libertad

 
Periódico La Jornada
Viernes 16 de agosto de 2019, p. 3

Por considerar que el juez Felipe de Jesús Delgadillo Padierna asumió un criterio aislado e ilegal al dictar la prisión preventiva a Rosario Robles Berlanga, ex titular de las secretarías de Desarrollo Social (Sedesol) y de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), la defensa de la ex funcionaria anunció que presentará una queja contra el impartidor de justicia ante el Consejo de la Judicatura Federal (CJF).

Precisó que tienen la voluntad de colaborar en las investigaciones que se realizan en torno al desvío de recursos por más de 5 mil millones de pesos que se llevaron a cabo entre 2014 y 2018 en las dependencias federales mencionadas durante el gobierno de Enrique Peña Nieto.

El despacho que encabeza el abogado Julio Hernández Barros señaló que trabajan en los recursos legales para que nuestra representada pueda enfrentar su proceso en libertad y, en consecuencia, se respete su presunción de inocencia y debido proceso.

Por ello, precisa, se presentó un recurso con el propósito de que sea modificada la medida cautelar de prisión preventiva impuesta ilegalmente a nuestra representada, y así, conforme a derecho, pueda enfrentar el proceso penal en libertad.

A través de un comunicado de prensa los litigantes refirieron que es público y notorio que dicho juzgador al resolver indebidamente respecto de la prisión preventiva justificada solicitada por la Fiscalía Gneeral de la República, presumiblemente lo hizo atendiendo a razonamientos políticos y personales, sin respetar criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), las cuales de manera categórica han sostenido que la prisión preventiva tiene que ser excepcional, de lo contrario la imposición de la misma violenta la presunción de inocencia de un imputado que no ha recibido sentencia condenatoria por un tribunal competente, tal como acontece con nuestra defendida.

Afirman que tanto la “Carta Magna como el Código Nacional de Procedimientos Penales imponen como obligación a los jueces mantener en prisión preventiva a las personas imputadas por alguno de los delitos que señala el artículo 19 constitucional, entre los que evidentemente no se encuentra el previsto y sancionado en el artículo 214 fracción III (ejercicio ilícito de servicio público), en relación con el artículo 64, ambos del Código Penal Federal, delito por el que indebidamente se vinculó a proceso a María del Rosario Robles Berlanga, quien –se insiste– tiene derecho a enfrentar el proceso en libertad”.

A consideración de la defensa de Robles Berlanga, el juez de control Felipe de Jesús Delgadillo Padierna violó flagrantemente los conceptos y principios relativos a las medidas cautelares, como son la idoneidad y proporcionalidad, establecidos en los artículos 154, 155, 156 y 157 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Se asegura que tanto la ex funcionaria como el equipo legal se sienten ofendidos por la parcialidad con la que actuó el juez Delgadillo Padierna, quien además de sus comentarios despectivos, de género y ofensivos hechos durante las audiencias, resolvió claramente fuera de todo contexto jurídico.