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La ley de extinción de dominio facilitará a la FGR obtener propiedades de origen ilícito

Afinan en el Senado procedimiento ágil y eficaz para confiscar bienes a criminales

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▲ La nueva legislación, instrumento eficaz para combatir la criminalidad.Foto Roberto García Ortiz
 
Periódico La Jornada
Domingo 23 de junio de 2019, p. 11

Las comisiones dictaminadoras de la nueva ley de extinción de dominio avanzan en un proyecto que permita a la Fiscalía General de la República (FGR) contar con un procedimiento ágil y eficaz para apropiarse de los bienes del crimen organizado, que al mismo tiempo garantice la seguridad jurídica de los ciudadanos.

Los coordinadores de Morena y PRD, Ricardo Monreal y Miguel Ángel Mancera, coincidieron en que hay varios a puntos a discutir, por ejemplo, si podrá operar la incautación del inmueble, o bien en cuestión, desde el momento en que se abra una investigación contra un presunto delincuente o si se requerirá un auto de vinculación y orden de aprehensión.

El senador Mancera precisó que el lunes reanudarán la discusión del proyecto de dictamen, debido a que también está sujeto a debate si para la extinción de dominio es imprescriptible la venta antici-pada de inmuebles en poder del Servicio de Administración de Bienes y las funciones que tendrá el nuevo organismo que lo sustituirá (denominado Instituto para devolverle al pueblo lo robado).

El gobierno federal pretendía utilizar la mayor parte de los recursos obtenidos de los bienes del crimen organizado, sin embargo, en el proyecto de dictamen se establece que se destinarán en primer término a la reparación del daño causado a la víctima u ofendido de los delitos cuando los hubiere.

Además, se otorgará un incentivo de hasta 5 por ciento del bien a quien aporte información durante la investigación y hasta un 5 por ciento del producto que se obtenga por la liquidación y venta de bienes al demandado, siempre que acepte o confiese los hechos.

Mancera aclaró que la figura de extinción de dominio sólo se ocupará en casos importantes. “No por cada vehículo, sino, por ejemplo, cuando se encuentre un lote de autos robados, un predio en que se practique el huachicol, un hotel donde haya ejercicio de trata de personas o una casa de seguridad donde haya secuestrados” ,

Monreal destacó que el ejercicio de la extinción de dominio se sustentará en la información que recabe el Ministerio Público, derivada de la investigación sobre un hecho ilícito. Además, el juez, a petición del Ministerio Público, podrá ordenar la incautación de bienes ante la amenaza o posibilidad de que se oculten, se alteren o se dilapiden. También podrá ordenar la inmovilización provisional de fondos, activos, cuentas bancarias y demás valores e instrumentos financieros.

La reforma incluye aplicar multas ejemplares para que servidores públicos, juzgadores y demás personal que participe en el proceso cumplan con su deber en tiempo y forma, y así contar con un procedimiento ágil y efectivo, recalcó.