Sociedad y Justicia
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Alta cifra de médicos, contra el aborto por objeción de conciencia, estiman expertos

Es su derecho, pero no deben vulnerar las garantías de las mujeres, señalaron

 
Periódico La Jornada
Jueves 13 de junio de 2019, p. 35

Aunque no se conoce el número de médicos y personal de salud que ha argumentado objeción de conciencia para no aplicar la interrupción legal de un embarazo, se estima que la tasa es alta, señaló la especialista Pauline Capdevielle, investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

Este derecho, sostuvo, no puede vulnerar las garantías de los usuarios de servicios médicos y en particular de las mujeres que requieren un aborto en las condiciones que prevé la ley.

La objeción de conciencia, según el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), significa que el personal médico y de enfermería puede abstenerse de realizar actividades que consideren contrarias a sus creencias personales, incluidas las religiosas.

Alex Alí Méndez, coordinador de documentación y litigio de casos de GIRE, expuso que el caso de Aguascalientes, donde se negó a una menor víctima de violación su derecho a interrupir el embarazo por falta de personal no objetor de conciencia, es el primero que acompaña la organización, la cual presentó por escrito argumentos respecto de la situación.

El martes pasado se informó que el juzgado primero federal con sede en Aguascalientes concedió un amparo a fin de que en un plazo de 10 días se practique un aborto a la menor, para lo cual las autoridades deberán buscar dentro o fuera de la entidad a personal capacitado y dispuesto a realizar el procedimiento.

Méndez explicó que no es que no existan casos en los que se interponga la objeción de conciencia, sino que los argumentos que exponen hacia afuera son otros y no apelan a ésta, sino a la falta de requisitos como documentos no definidos en la ley y la autorización de un juez.

Expuso que la Norma Oficial Mexicana 046 señala claramente que es obligación de los servicios de salud contar con personal no objetor para realizar los procedimientos de interrupción del embarazo en casos de violación.

Sofía Alessio Robles, coordinadora nacional del Programa de Jóvenes por los Derechos Sexuales y Reproductivos (REDefine) del Instituto de Liderazgo Simone de Beauvoir, expresó que el problema con la objeción de conciencia es que esa excepción se usa para no prestar y no estar obligadas las personas a brindar servicios de salud cuando consideran que determinados procedimientos van en contra de sus motivos éticos, morales y religiosos.