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Difunde el DOF límites a remuneraciones de funcionarios públicos
 
Periódico La Jornada
Sábado 13 de abril de 2019, p. 6

Las nuevas disposiciones de la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos, reglamentaria de los artículos 75 y 127 de la Constitución, fueron publicadas ayer en el Diario Oficial de la Federación (DOF), donde queda fijada la prohibición de que ninguno de esos trabajadores podrá percibir sueldos o retribuciones mayores a la del Presidente de a República. En la misma se fijan normas de jubilaciones y pensiones, así como las sanciones (delitos) para quienes aprueben y/o reciban salarios indebidos. Se precisa además que corresponderá a la Auditoría Superior de la Federación ejercer las atribuciones que le confiere la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación para hacer cumplir las disposiciones en materia salarial, y sancionar su incumplimiento, por lo que tiene, con la expedición de la norma, la competencia para investigar y sustanciar las faltas administrativas graves por actos u omisiones. Sin embargo, cuando tales faltas no alcancen una dimensión mayor, esa tarea corresponderá a los órganos internos de control de la dependencia en cuestión.