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Sanciona tribunal a Arriola con 4 mil 30 pesos por calumniar a Suárez del Real
 
Periódico La Jornada
Viernes 19 de octubre de 2018, p. 38

Por acusar al entonces diputado de Morena José Alfonso Suárez del Real de tratante de personas, durante el tercer debate por la jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, el ex candidato priísta a ese cargo, Mikel Arriola, fue encontrado responsable de manifestaciones calumniosas, por lo que se hizo acreedor a una sanción monetaria de 4 mil 30 pesos.

Los magistrados del Tribunal Electoral de la Ciudad de México resolvieron ayer en sesión pública el procedimiento TECDMX-PES-146/2018 promovido por Suárez del Real, por las acusaciones recibidas en su contra.

Tres de los cinco magistrados resolvieron declarar la existencia de la conducta denunciada al acreditar que Arriola Peñalosa imputó a Suárez del Real la comisión de dos delitos tipificados por la legislación penal local, resultando falsos y obteniendo así, de manera dolosa, ventaja por el contexto y publicidad del debate

El pasado 20 junio, el priísta dijo que una mujer llamada Mayra, quien presuntamente era explotada sexualmente, aseguraba que una madrota de Sullivan le entregaba al servidor público 270 mil pesos mensuales. Sin embargo, un mes después, la procuraduría capitalina determinó no ejercer acción penal contra Suárez del Real.

Los magistrados Martha Leticia Mercado Ramírez y Juan Carlos Sánchez León votaron en contra del fallo por considerar que cuando Mikel Arriola hizo estas acusaciones aún no se había determinado su veracidad.

Los magistrados también determinaron que la entonces candidata a la alcaldía de Iztapalapa Karen Quiroga Anguiano fue sancionada por emitir expresiones calumniosas en contra de Clara Brugada, quien competía por el mismo cargo. También se le sancionó por la publicación en su cuenta de Twitter de una imagen en la que se observa a cinco menores sin el consentimiento de los padres.

Asimismo, el ahora alcalde de Migue Hidalgo, Víctor Hugo Romo, recibió una amonestación por la indebida confección de propaganda electoral. Y en otro procedimiento especial sancionador se declaró la existencia de la promoción personalizada e incumplimiento de las reglas de difusión en su informe de labores.