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Rechaza impugnación de la PGR

Avala Corte la revocación de mandato en la CDMX

Se permitirá a los capitalinos involucrarse más en la toma de decisiones públicas, señala

 
Periódico La Jornada
Miércoles 29 de agosto de 2018, p. 33

La figura de revocación de mandato permanecerá en el texto de la Carta Magna de la Ciudad de México, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró su validez.

Aunque seis magistrados se pronunciaron en contra de la figura, era necesaria la mayoría calificada (ocho votos) contra el proyecto del ministro Javier Laynez Potisek, que validó el artículo 25 de la Constitución de la Ciudad de México.

La Procuraduría General de la República (PGR) impugnó el artículo por considerar que esa figura crea, sin sustento constitucional, un nuevo medio para fincar responsabilidades a los servidores públicos.

El ministro Laynez Potisek señaló en su proyecto que la revocación es un mecanismo de democracia participativa que busca empoderar a la ciudadanía capitalina frente a sus representantes para mejorar la calidad de los funcionarios que ocupen puestos de elección popular.

Es la medida que permite a los habitantes de la Ciudad de México involucrarse más en la toma de decisiones públicas y en la exigencia de rendición de cuentas a las autoridades locales electas. La revocación de mandato se enmarca en el proceso gradual de empoderamiento ciudadano en la capital, añadió.

Para iniciar el proceso se requerirá de un mínimo de 10 por ciento de la lista nominal para formular la solicitud, participación efectiva de 40 por ciento del padrón para que el proceso sea válido y 60 por ciento de los votos en favor de revocar el mandato para que la resolución tenga carácter vinculante.

Al fijar su postura, el ministro José Franco González Salas –del bloque en contra del proyecto– comentó que revocar un mandato de la importancia que tiene la jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, y en la que se obtuvo la victoria con votación alta, puede generar, eventualmente, situaciones muy delicadas de carácter político-electoral conforme a este sistema.

El ministro Alberto Pérez Dayán también se pronunció con voto en contra al sostener que la Constitución política ofrece muchas muestras de que la revocación de mandato, más allá de ser un sistema de democracia directa o indirecta, no es compatible con lo establecido.

En el mismo sentido se expresó Margarita Luna Ramos, quien afirmó que hay un choque con diversos preceptos fundamentales establecidos de la propia Constitución, pues para que un funcionario deje el cargo por una conducta irregular hay procedimientos que van desde la responsabilidad civil, penal, administrativa o incluso política.

En otro tema, los ministros determinaron que entre los requisitos para ser fiscal general de la ciudad es válido incluir no haber sido secretario, juez, magistrado, secretario de Gobierno o consejero de la Judicatura local.

También avalaron que es posible prever la creación de un parlamento metropolitano que se coordine con los demás congresos de la zona conurbada; crear nuevos órganos constitucionales autónomos, como el instituto de defensoría, y que el Constituyente local sí puede adicionar requisitos al procedimiento de reformas a su propia Constitución.