Sociedad y Justicia
Ver día anteriorMiércoles 7 de marzo de 2018Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio

Consideró que se violó el derecho a la consulta a las comunidades indígenas

Recomendación de CNDH por el Proyecto Integral Morelos a tres dependencias
Foto
En imagen de archivo, protesta de pobladores de Jantetelco, Morelos, contra el paso de un gasoducto que abastacerá dos termoeléctricas de la Comision Federal de Electricidad que se construyen en la comunidad de Huexca, municipio de YecapixtlaFoto Rubicela Morelos
 
Periódico La Jornada
Miércoles 7 de marzo de 2018, p. 39

La puesta en marcha del Proyecto Integral Morelos (PIM) del gobierno federal, que incluye la construcción y operación de una central termoeléctrica, un gasoducto y un acueducto, vulneró los derechos humanos de habitantes de Morelos, Puebla y Tlaxcala, particularmente de las comunidades indígenas, concluyó la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

El organismo emitió una recomendación al titular de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), Rafael Pacchiano Alamán; al director general de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Jaime Francisco Hernández Martínez, y al director general de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), Roberto Serrano Altamirano.

El organismo presidido por Luis Raúl González Pérez encontró que este proyecto violentó los derechos a la consulta previa, libre, informada, de buena fe y culturalmente adecuada para pueblos y comunidades originarias, así como a la información sobre la construcción y operación del complejo.

El PIM originó inconformidad de diversas comunidades de los 27 municipios que recorre en Morelos, Puebla y Tlaxcala por las posibles repercusiones al medio ambiente, la cercanía con el volcán Popocatépetl y no cumplir el derecho a la consulta previa a pueblos indígenas, lo que quedó consignado en diversas quejas presentadas ante la CNDH.

Tras su investigación, este organismo acreditó que no se cumplieron los parámetros nacionales e internacionales del derecho a la consulta previa, libre, informada, de buena fe y culturalmente adecuada a estas comunidades, toda vez que la Semarnat difundió el proyecto en Internet y la CFE no realizó sondeo alguno, lo que resultó inaccesible e insuficiente para dar cuenta del proyecto y sus implicaciones a las localidades impactadas, que tienen niveles de marginación de altos a muy altos.

La CDI expresó que ningún ente del Estado solicitó su intervención para el PIM; sin embargo, la CNDH encontró que esa dependencia sí conoció del problema en una reunión con indígenas nahuas del municipio de Nealtican, Puebla, sin referir actuación adicional ni cumplir su mandato y las normas sobre consulta a las comunidades indígenas.

El organismo nacional concluyó que se actualiza la responsabilidad institucional para las tres dependencias por no armonizar la legislación vigente con el artículo primero de la Constitución; falta de coordinación interinstitucional; desconocimiento de normas nacionales e internacionales; insuficiente supervisión de acciones en el proceso administrativo y para garantizar el acceso a los mecanismos de participación de la sociedad y de los pueblos y comunidades indígenas. En la recomendación se consideró el concepto de desarrollo sostenible impulsado por la Organización de Naciones Unidas.