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En busca de la aguja en el pajar
E

n el artículo correspondiente al viernes 25 de agosto, se planteó la necesidad nacional de examinar de manera profunda ideas sobre el candente asunto de la seguridad pública que cada día se complica más. En los procesos electorales ya próximos, veremos propuestas mágicas, efectistas, de supuestos resultados inmediatos, como sería el signo propio de un discurso electoral. Vamos a contemplar torrentes de ideas políticamente intencionadas de las que no habrá mucho que rescatar en proporción a lo que sufre el país. Es la naturaleza de una campaña. Los candidatos buscarán votos aun a costo de no ser del todo genuinos. Es preciso alertar sobre la natural politización que todo discurso electoral tendría, eludiendo propuestas de gran aliento, trascendentes pero acerbas.

La solución está en manos de la creatividad pública y su capacidad de exigencia que, venturosamente, cada día es más vigorosa: La comunidad hoy sometida, está decidida a someter al poder. Está en marcha para proponer y exigir sin necesidad de interlocutores políticos. El severo descrédito de individuos y organizaciones políticas ha abierto un enorme hueco que está siendo llenado por la sociedad.

En pasos secuentes, hoy en este artículo, identificado como paso II, se intenta ofrecer siete ideas de supuesto valor propositivo para iniciar la exploración de soluciones sensatas: Unificación de Criterios Doctrinales, Desarrollo de la Prevención, Restructuración del Sistema de Seguridad, Profesionalización en todo Nivel, Recomposición del Sistema Penitenciario, Abatimiento de la Corrupción Policial y Aprovechamiento de las Relaciones Internacionales.

Unificación de criterios doctrinales. Es evidente la disparidad de interpretaciones en el seno de la administración pública sobre los conceptos de seguridad nacional, seguridad interior y seguridad pública, que ha provocado divergencias semejantes en la sociedad. No hay unidad de criterio. En ausencia de una racionalización, no sólo definiciones de carácter global, cada institución corresponsable percibe el tema como deber y reto de su competencia generando un rompecabezas de difícil armonización. La indispensable homologación de criterios doctrinales implica justificar las ideas centrales del concepto de manera que se eviten confusiones. Esos criterios son las convenciones básicas para comprender y actuar de manera armónica por parte de un grupo heterogéneo ante una responsabilidad que es común. Se tiende a dar con ello una explicación lógica a las ideas centrales generatrices de otras, las que, descendiendo al nivel de especialidad, integren un verdadero sistema, en este caso de seguridad pública.

La Segob, por Seguridad Nacional entiende esencialmente lo vinculado a la política interior en todas sus facetas, SRE hace lo propio de cara al exterior. Sedena, posponiendo aspectos de amenazas externas intangibles en nuestras realidades, se asume actor principal de la seguridad pública. Semar también se identifica como actor fundamental de la materia, lo interpreta de manera semejante a Sedena y se planta en una mal disimulada rivalidad con ella. SHCP sólo percibe el tema como un rubro de erogaciones, poco atiende el apoyar a la investigación de movimientos ilícitos de capital. La PGR cree que el vórtice de tan plural materia es asunto de Ministerio Público y Presidencia, que debiera promover una unidad de criterios doctrinales globales, darle una vigencia nacional y exigir su adopción, se limita expedir programas sin seguimiento y a presumir los muertos (les llama abatidos) del día.

Esta falta de unidad de criterios rectores se transforma en descoordinación, sobreposición de acciones y rivalidades entre las instituciones que mucho dañan al teórico sistema de seguridad y, en síntesis, se convierten en ineficacia. Una unidad de criterios doctrinales garantizaría una más elevada conciencia ética protectora de los derechos humanos, mejor determinación de funciones, una estructura orgánica más eficiente y un mejor aprovechamiento del recurso presupuestal. El primer paso de todo intento de reforma en materia de seguridad pública, debe de ser la homologación de esos criterios con claridad, identificando facultades para cada uno de ellos en la Constitución, en la ley y la reglamentación interior, según corresponda.

La Constitución menciona 22 veces a la seguridad pública, a la seguridad nacional siete y a la seguridad de la nación dos. A la defensa exterior, seguridad interior y seguridad internacional una. A la defensa nacional, fuerzas armadas o a la seguridad exterior ninguna. A todas esas locuciones que implican valores esenciales para entender y actuar en la materia no las conceptualiza, salvo al Ministerio Público y derechos humanos en su artículo 102 y a la seguridad pública en el 21. Como recurso alterno, las leyes secundarias no van mucho más adelante.

Poco se podrá avanzar en el qué hacer y por qué hacerlo como deber ético y socialmente esencial sin claridad en sus ideas básicas. La tarea, siendo pilar de una reforma, no será fácil, como no lo es el empeño general.

Entre estos aciagos días hay un destello de esperanza: nuestra casa, La Jornada, que conmemora sus 33 años de vida fértil, de ser un punto de referencia indispensable para entender la complejidad de la vida nacional. Para bien de México, ¡muchos años más!

*En colaboración con el maestro Julio Bustamante, especialista en seguridad, Georgetown University, 2016.