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Debe incluir declaración patrimonial y fiscal, señalan

Avala la SCJN presentar declaración 3de3 para ser candidato a gobernador
 
Periódico La Jornada
Viernes 28 de octubre de 2016, p. 4

En votación dividida, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló como requisito para ser candidato a gobernador la presentación de la declaración 3de3, que incluya declaración patrimonial, fiscal y de no conflicto de intereses.

En cambio, los ministros invalidaron ayer el requisito de presentar una carta de antecedentes no penales y certificado médico de la prueba antidoping, previsto en el Código Electoral del Estado de Coahuila.

Con un pleno incompleto debido a que el ministro José Ramón Cossío Díaz no se presentó por cumplir con una comisión oficial, los que votaron por la invalidez de la presentación de la declaración 3de3 sumaron siete votos y se quedaron a uno de declarar la inconstitucionalidad de la norma.

Sin embargo, debido a la premura por resolver las acciones de inconstitucionalidad –el próximo lunes inicia el proceso electoral en Coahuila– presentadas por los partidos políticos Joven de Coahuila, de la Revolución Democrática, Acción Nacional y Morena en contra del código referido, el pleno conoció, discutió y resolvió la demanda en menos de tres horas.

Además, hubo siete artículos que se quedaron a un voto de ser declarados inconstitucionales, pero que están vigentes al no alcanzar los ocho votos necesarios.

En el caso de la presentación de la declaración 3de3, el ministro instructor, Fernando Franco, argumentó que era inconstitucional la propuesta, porque no es requisito de elegibilidad que haya avalado la Corte.

En cambio, Arturo Zaldívar consideró que dicho requisito sí es válido: ‘‘Tenemos un nuevo sistema anticorrupción y es completamente legítimo’’ que la ciudadanía sepa cuál es el patrimonio, cuáles son las declaraciones de impuestos de los candidatos y, en su caso, cuáles serían los conflictos de interés que presentan’’.

Ello no viola la Constitución y son requisitos de transparencia para que la ciudadanía sepa por quién está votando.

La Corte declaró la invalidez de 11 artículos –la mayoría por invadir la esfera de competencia de las autoridades electorales federales– y ordenó al Congreso de Coahuila a que realice las reformas correspondientes antes de que termine el presente periodo de sesiones, sin importar que el lunes próximo inicie el proceso electoral en esa entidad.