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Ministros otorgan dos amparos en contra de dicha norma

SCJN: ilegítimo, artículo que castiga insultos a la autoridad

Analizará otros tres recursos

Prevé expulsarlo del marco legal

 
Periódico La Jornada
Martes 8 de marzo de 2016, p. 30

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el artículo 287 del Código Penal del Distrito Federal, el cual castiga con penas de seis meses a dos años de prisión a quien ultraje a la autoridad, es inconstitucional, al conceder dos amparos en contra de dicha norma.

Con diferentes matices, los togados establecieron que la norma es ilegítima, concedieron dos amparos y abrieron la puerta para que, de resolver otros tres asuntos en el mismo sentido, el máximo tribunal inicie un procedimiento de declaratoria de inconstitucionalidad que tendría como fin último la expulsión del citado artículo del marco legal.

En la sesión de ayer, nueve ministros votaron por la invalidez, de los cuales seis consideraron que el artículo es inconstitucional porque no cumple con el requisito de taxatividad, por no ser clara la norma respecto de la conducta reprochable; dos consideraron que viola la libertad de expresión y uno determinó que es sobreinclusivo.

Margarita Luna Ramos y Jorge Pardo Rebolledo votaron en ambos asuntos por la validez de la norma, toda vez que la protección del orden público permite imponer restricciones a la libertad de expresión, por lo que la norma persigue un fin legítimo.

José Ramón Cossío Díaz, ministro instructor del primer amparo que se concedió a Norma Angélica Rangel Salazar, señaló que el artículo citado viola la libertad de expresión. Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena se sumó a su voto.

En tanto, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal expresó que estos tipos penales han sido usados en perjuicio del ejercicio de la libertad de expresión, inhiben la libertad de manifestación y de reunión y dan lugar a la criminalización de la protesta social, situaciones inadmisibles en una sociedad democrática y en un estado de derecho.

El organismo planteó que los tipos penales de ultrajes a la autoridad y ataques a la paz pública tienen un carácter ambiguo y abierto, lo que genera inseguridad jurídica y violenta el principio de legalidad.