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El artículo que castiga ultrajes a la autoridad sería inconstitucional
 
Periódico La Jornada
Viernes 4 de marzo de 2016, p. 32

Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se manifestaron en favor de declarar inconstitucional el artículo 287 del Código Penal del Distrito Federal, que castiga con penas de seis meses a dos años de prisión a quien ultraje a la autoridad.

En la sesión de ayer, seis de los siete ministros que participaron consideraron que la norma es ilegítima, aunque por razones diferentes, por lo que se prevé que el próximo lunes –cuando los otros cuatro ministros fijen su postura–, se oficialice la decisión.

El ministro instructor, José Ramón Cossío, propuso amparar a Norma Angélica Rangel Salazar –detenida el 22 de febrero de 2014 durante un operativo de desalojo de comerciantes ambulantes en Xochimilco y sentenciada a 10 meses 15 días de prisión, quien sigue su proceso en libertad– por considerar que el artículo impugnado viola la libertad de expresión. Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena se sumó a esa postura.

Arturo Zaldívar, Fernando Franco y Norma Piña plantearon que la inconstitucionalidad de la norma radica en que no cumple el requisito constitucional de taxatividad, ya que el artículo es vago e impreciso, lo que puede derivar en abuso de autoridad.

Eduardo Medina Mora señaló que la constitucionalidad de la norma radica en que viola el derecho de petición. Además, dijo, las autoridades de la Ciudad de México debían abordar el respeto a la autoridad mediante leyes precisas y pertinentes.

Jorge Pardo Rebolledo sostuvo que el artículo es constitucional, toda vez que la protección del orden público constituye un objetivo autorizado por la Constitución para establecer restricciones a la libertad de expresión, por lo que la norma persigue un fin legítimo.