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Hasta dos años de cárcel y multas de 150 a 300 días de salario

Tipifican como delito la cobranza intimidatoria en Nuevo León
Corresponsal
Periódico La Jornada
Martes 1º de marzo de 2016, p. 27

Monterrey, NL.

El Congreso de Nuevo León reformó el Código Penal del estado para tipificar como delito la cobranza ilegítima que realizan despachos de abogados a través de llamadas telefónicas constantes, cartas intimidatorias y el uso de redes sociales para exigir el pago de alguna deuda.

Las modificaciones por adición al artículo 294 bis señalan que, quien con la intención de requerir el pago de una deuda, ya sea al deudor o a quien funja como referencia o aval, utilice cualquier medio ilícito o amenace con causar un daño al mismo deudor, su aval o sus familiares, se le impondrá prisión de seis meses a dos años y una multa de 150 a 300 días de salario mínimo.

Además, para determinar el monto de las sanciones se evaluará si se empleó documentación o sellos falsos, o bien si se usurparon funciones públicas o de profesión. Para la reparación del daño cometido se aplicará lo dispuesto en los artículos 45 bis y 143 de dicho código.

El diputado priísta Gabriel Tláloc Cantú Cantú expuso: “En la iniciativa se considera que en las actuaciones de cobranza extrajudicial efectuadas por particulares se emplean diversos medios de coacción y amenazas para obtener la satisfacción de sus intereses, y entre sus prácticas más comunes está el realizar llamadas en diversos horarios, en fines de semana o enviar cartas intimidatorias y amenazantes a hogares y lugares de trabajo de las personas que continúan en sus bases de datos.