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La legislación se había utilizado para criminalizar protestas

La SCJN declara inconstitucional artículo sobre ataques a la paz pública
 
Periódico La Jornada
Jueves 25 de febrero de 2016, p. 12

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es inconstitucional el artículo 362 del Código Penal del Distrito Federal, que considera como ilícito los ataques a la paz pública.

Al analizar ayer el amparo presentado por Bryan Reyes Rodríguez –acusado de los delitos de daño a la propiedad ajena y ataques a la paz pública por su participación en hechos ocurridos el primero de diciembre de 2012, en el contexto de la toma de posesión del presidente Enrique Peña Nieto–, tres de cinco ministros consideraron que el citado artículo viola el principio de taxatividad, el cual indica que las normas penales deben ser precisas para garantizar la seguridad jurídica y la igualdad ante la ley.

Los ministros José Ramón Cossío, Arturo Zaldívar y Norma Piña votaron en contra del proyecto elaborado por Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena –quien fue apoyado por Jorge Pardo Rebolledo–, el cual amparaba al quejoso para que la sentencia en su contra de dos años y seis meses de prisión quedara sin efecto –el acusado lleva su proceso en libertad bajo fianza–, en razón de que no fue tomada en cuenta la denuncia que presentó Reyes Rodríguez por la tortura que sufrió a manos de los policías capitalinos que lo detuvieron el día de los hechos.

Sin embargo, el proyecto confirmaba la constitucionalidad del artículo referido, lo cual fue rechazado por la mayoría, es decir, la decisión se formalizará hasta que se presente el nuevo proyecto, pero la decisión ya está tomada.

El asunto será turnado a uno de los ministros de la mayoría para que elabore un nuevo proyecto en el que se confirme la inconstitucionalidad del artículo 362 del Código Penal del Distrito Federal y, seguramente, amparará al quejoso para que se investigue la tortura a que fue sometido cuando fue detenido.

El artículo denominado ataques a la paz pública indica que se le impondrán de cinco a 30 años de prisión y suspensión de derechos políticos hasta por diez años, al que mediante la utilización de sustancias tóxicas, por incendio, inundación o violencia extrema, realice actos en contra de las personas, las cosas o servicios públicos, que perturben la paz pública o menoscaben la autoridad del Gobierno del Distrito Federal, o presionen a la autoridad para que tome una determinación.

Guillermo Naranjo, abogado defensor de Reyes, dijo que la organización que representa lleva la defensa legal de otros 12 asuntos penales similares, que se verán beneficiados.