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Impulsa INE más candados a los datos de electores
 
Periódico La Jornada
Martes 26 de enero de 2016, p. 11

El Instituto Nacional Electoral (INE) pretende aprobar nuevos lineamientos que rijan el acceso y uso del padrón electoral y el listado nominal por parte de los organismos públicos locales electorales (Oples) y los partidos políticos. La medida implicará mayores restricciones y candados de seguridad para la protección de datos personales de los ciudadanos, en consonancia con las leyes.

De acuerdo con el proyecto divulgado, el intercambio de información que se realice entre la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores y los Centros de Impresión o las Juntas Locales Ejecutivas deberán realizarse bajo los nuevos lineamientos que señalan, entre otros aspectos que la información que genere el INE con motivo de las solicitudes que formulen los Oples, deberá someterse a un método cifrado que será determinado por el INE.

De entrada, el envío y recepción de la información se llevará a cabo por equipos de cómputo dedicados (servidores) que estarán dentro de las instalaciones del instituto. Al mismo tiempo, se estipula que el acceso a los servidores estará restringido para el uso exclusivo del personal autorizado.

Utilizar y borrar

En paralelo, se indica que los equipos exclusivamente tendrán acceso a la Red INE, lo que garantiza que ninguna persona ajena al instituto tendrá ingreso a la información. Como parte del incremento en las medidas de seguridad del manejo de estos instrumentos –sobre los cuales ya ha habido casos de la venta de la información para otros fines–, se indica que en cuanto sea recibida la información de los listados nominales por el centro de impresión o por la junta local, será almacenada en un servidor para realizar las actividades de impresión.

Una vez que se haya corroborado el acceso a la información por cualquiera de estas instancias, la información deberá ser borrada del servidor donde fue recibida y una vez concluidos los trabajos de impresión de los listados nominales, el centro de impresión o la junta local ejecutiva deberán destruir el disco o discos donde hubiera sido grabada la información.

Al concluir el proceso electoral, el Oples deberá reintegrar los listados nominales al RFE, de acuerdo con los convenios que se suscriban bilateralmente.