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Ordena el Inai búsqueda en archivos para atender la petición de un particular

La PGR deberá hacer pública información sobre desaparición forzada de 1960 a 2015

La dependencia recibió documentos de la Femospp con datos del delito en ese periodo, según el instituto

 
Periódico La Jornada
Lunes 31 de agosto de 2015, p. 14

La Procuraduría General de la República (PGR) deberá hacer pública toda la información estadística relacionada con las investigaciones del delito de desaparición forzada, en el periodo de 1960 a febrero de 2015, según ordenó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), que al resolver el recurso de un particular determinó que la dependencia no hizo la búsqueda exhaustiva correspondiente en sus archivos.

En el proceso de desahogo del procedimiento se desprendió que la PGR hizo entrega de un cuadro estadístico del periodo comprendido. Sin embargo, en los primeros 40 años la dependencia simplemente señaló que la información requerida no estaba disponible en sus archivos.

No obstante, en el Inai se acreditó que la Coordinación General de Investigación, unidad administrativa que recibió los archivos de la Fiscalía Especial para Movimientos Sociales y Políticos del Pasado (Femospp), cuenta con datos como los solicitados por el particular, ya que para integrar el Informe del Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la Organización de las Naciones Unidas, presentado en 2011, proporcionó diversa información estadística relacionada con este delito, desde 1960.

En su solicitud, la particular requirió el número de averiguaciones; en cuántos se ejerció acción penal y cuáles no; número de personas involucradas en las averiguaciones y por cuáles delitos; las razones por las que se determinó no ejercer acción penal y en su caso en cuántas procedió la prescripción del delito; el número de víctimas involcradas, y dependencias del gobierno federal en que laboraba el funcionario investigado.

De acuerdo con la resolución del Inai, la sola entrega de un cuadro de resumen, sin mayor información solicitada por el particular, hace evidente que la PGR hizo nugatorio el ejercicio del derecho a la información. Durante los alegatos, la dependencia dijo haber puesto a la disposición del solicitante la totalidad de la información estadística de que dispone, pero se demostró que incumplió a sus obligaciones.

Por ello, el Inai modificó la respuesta de la PGR ordenándole una búsqueda exhaustiva en sus unidades administrativas competentes y en los sistemas de datos con los que cuente. En su caso, la PGR deberá declarar la inexistencia parcial de la información respecto de los periodos donde no tenga datos.