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Frenan cambios en ley laboral sobre accidentes de mineros
 
Periódico La Jornada
Domingo 3 de mayo de 2015, p. 12

La modificación a la ley laboral en materia de accidentes en minas de carbón se frenó en el Senado, luego de las protestas del dirigente de los mineros Napoleón Gómez Urrutia y de organizaciones como la Familia Pasta de Conchos, que advirtieron que es una reforma incompleta y protege a los grandes empresarios, como Germán Larrea, del Grupo México.

Se trata de una minuta procedente de la Cámara de Diputados que impulsa en el Senado el panista Javier Lozano, quien logró que se aprobara en la Comisión de Trabajo, el 23 de abril pasado, pero ya no se presentó al pleno y quedó pendiente para el próximo periodo de septiembre.

La perredista Dolores Padierna resaltó que los cambios nunca se consensuaron con los grupos parlamentarios y a muchos legisladores no convence la redacción del artículo 343 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) para prohibir la explotación de carbón en tiros verticales a profundidades menores de 100 metros y en minas conocidas como cuevas y pozos carboneros.

Por su parte, las organizaciones Familia Pasta de Conchos, el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro y Cereal destacaron, en un texto entregado a senadores, que esa propuesta no aleja el riesgo de accidentes mortales, ya que explotar a mayor profundidad implica mayor riesgo por la acumulación de gas, mantos acuíferos o derrumbes.

Sanciones

La minuta indica sanciones de tres a cinco años y multa hasta de 5 mil veces el salario mínimo cuando por omisiones de seguridad se produzca la muerte de uno o varios trabajadores. Asimismo, de prisión de seis a nueve años y multa hasta de 10 mil salarios mínimos cuando los decesos de mineros sean en tiros verticales a profundidades menores de cien metros, así como en cuevas y pozos carboneros.

En su escrito, las organizaciones cuestionan cómo puede ser aceptable que la pena sea la misma si fallece uno, 15 o 65 mineros. Lo que se debe hacer, consideran, es aplicar la penalización por cada uno de los decesos.

Hacen notar que no se responsabiliza a las empresas ni a los concesionarios en caso de accidentes y siniestros, pues se habla de los responsables y encargados directos de la operación y supervisión de los trabajos y desarrollos mineros, lo que implica que toda la culpa recaerá en empleados, supervisores y mayordomos de las minas.