Sociedad y Justicia
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De 2012 a 2013 apenas se alcanzó una sentencia de 1.6%

Operadores de procuración de justicia no comprenden qué es feminicidio
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Encabezada por la diputada del PRD, Malu Micher, mujeres que laboran en la Cámara de Diputados efectuaron un acto en el patio central para conmemorar el martes 25 de noviembre el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra las MujeresFoto Francisco Olvera
 
Periódico La Jornada
Miércoles 26 de noviembre de 2014, p. 44

El Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) señaló que después de tres años de haber comenzado la tipificación del feminicidio en México, operadores de la procuración y administración de justicia tienen dificultades para la comprensión de las características del crimen. Esto deriva en que además de que poco menos de la sexta parte de los asesinatos de mujeres ocurridos en el país entre 2012 y 2013 son investigados como feminicidios, existe un nivel de sentencia de 1.6 por ciento”.

En el Estudio de la implementación del tipo penal de feminicidio en México: causas y consecuencias 212-2013, el OCNF refiere que información de las procuradurías estatales indican que de los 3 mil 892 homicidios de mujeres sólo 613 casos son investigados como feminicidios.

De ellos, 25.12 por ciento fueron consignados, 24 por ciento estaban en investigación, 1.6 tuvieron sentencia y de 43.55 por ciento, la autoridad no informa sobre su estatus.

En el contexto del Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, ayer la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) aseguró que toda violencia basada en el género y en particular la que se ejerce contra las mujeres, daña a nuestra sociedad, pues implica negar a las mujeres su reconocimiento a la igualdad, equidad y no discriminación, pero, sobre todo, constituye una violación a sus derechos humanos.

El organismo indicó que los derechos de las mujeres, reconocidos por la legislación nacional e internacional, obligan al Estado mexicano a garantizar la seguridad de las mujeres, a prevenir, atender, responsabilizar a los perpetradores de violencia y erradicar los diversos tipos de violencia que se ejerce contra ellas, así como a impartir y procurar justicia y a destinar recursos para la adecuada y pronta atención de las mujeres víctimas.

No obstante, de acuerdo con el ONCF, los tipos penales establecidos en diversos estados hacen casi imposible probar que ocurrió un crimen de género e insta en el referido análisis a “homologar el tipo de feminicidio de manera objetiva”, que sea considerado un delito autónomo y que contenga circunstancias objetivas de accesible acreditación.

También llama a que se incorpore la obligatoriedad de generar a implementar un protocolo de investigación pericial, ministerial y policial con perspectiva de género y derechos humanos en toda muerte violenta de mujeres en las leyes orgánicas de las procuradurías de justicia y/o fiscalías generales.

Propone generar mecanismos efectivos y eficaces para la evaluación de los operadores de justicia para identificar los estereotipos discriminatorios en los que incurren y así “corregir actuaciones que impidan a las mujeres víctimas del feminicidio el acceso a la justicia”.

El estudio también refiere que 46 por ciento de las mujeres asesinadas murieron por actos crueles que implican el uso excesivo de la fuerza física: golpes, heridas punzocortantes, quemaduras y asfixia o estrangulamiento.

Aproximadamente 41. 08 por ciento tenían entre 21 y 40 años de edad y 21.7 por ciento de las víctimas fueron halladas en la vía pública o en calles, avenidas, terrenos baldíos, basureros, hoteles y parques.

Un 20 por ciento fueron asesinadas por su pareja, un familiar o una persona cercana.

En 80 por ciento de los casos restantes la autoridad desconoce al agresor.