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Empresas y sindicatos convinieron en actualizar 75%, indica

Depura la JLCA contratos laborales; 25 mil se han declarado sin efecto
 
Periódico La Jornada
Jueves 9 de octubre de 2014, p. 36

En lo que va de este año, la Junta Local de Conciliación y Arbitraje (JLCA) ha invalidado 25 mil contratos laborales, debido a que desde 2008 no se han revisado ni modificado en sus condiciones generales de trabajo, además de que mantienen niveles salariales por debajo del mínimo (67.29 pesos diarios).

Esto aseguró el secretario general de Asuntos Colectivos de ese organismo, Pablo Franco Hernández, quien destacó que esa cantidad de contratos equivale a la cuarta parte de todos los que tienen registrados ante la JLCA empresas y representantes sindicales de esta capital, los cuales –de acuerdo con la ley– deben ser revisados anualmente.

En entrevista, resaltó que en marzo comenzaron el análisis a fondo de 100 mil contratos y al detectar los que no habían sido actualizados desde 2008 en cuanto al salario, obligaciones y derechos laborales se requirió a las partes para que en un plazo de 90 días naturales procedieran a esa revisión, sin embargo, nada pasó, por lo que se declararon sin efecto.

Franco Hernández detalló que prácticamente la totalidad de esos convenios tenían registrados niveles salariales inferiores al mínimo general vigente, que hoy día es de 67.29 pesos por día.

Comprobamos que había contratos que establecían un sueldo para los trabajadores de 55.50 pesos o menos, con lo que esos pactos colectivos carecen de eficacia y, por tanto, de legalidad, añadió.

Hizo énfasis en que dentro de esos 25 mil contratos se dan casos de que los patrones o la parte sindical no acuden a actualizarlos, también ocurrió que las empresas que amparaban ese convenio cerraron sus puertas, o bien que la representación obrera perdió su personalidad jurídica.

El funcionario agregó que los 75 mil contratos que quedaron vigentes han sido actualizados por las partes (patrones y sindicatos) y tienen establecido para los trabajadores ingresos del salario mínimo para arriba, con lo que pueden seguirse aplicando e invocarse u ofrecerse como prueba en un litigio laboral.