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Ifetel convocará a sesión para tratar lineamientos sobre retransmisiones de señalas de tv

Partes involucradas tienen cinco días para impugnar resolución de ministra
 
Periódico La Jornada
Miércoles 19 de febrero de 2014, p. 34

En la controversia constitucional que presentó el Ejecutivo federal en contra de la resolución del juez capitalino que determinó que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) no tiene facultades para ordenar la retransmisión gratuita de los canales de televisión abierta a través de la televisión restringida, las partes involucradas cuentan con cinco días para impugnar la admisión y la suspensión concedida, señaló la ministra instructora de este asunto, Olga Sánchez Cordero.

En entrevista aclaró que los acuerdos dictados el lunes, que estipulan que se mantengan las cosas tal como están, son totalmente transparentes, y que las partes  que no estén de acuerdo tienen derecho a presentar su recurso, el cual sería resuelto por una de las salas o por el propio pleno, respecto a su legalidad. Las partes involucradas son: Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF) –en representación del juzgado 32 de lo civil–, Presidencia de la República, cámaras de Diputados y Senadores, Procuradoría General de la República y el primer tribunal colegiado en materia civil (para que remita el expediente de la demanda de Televisa contra Dish en materia de derechos de autor).

En tanto, añadió la ministra, la controversia queda sub judice, es decir, que durante estos cinco días hábiles no corren tiempos legales y se reanudaría el proceso de alegatos, audiencias, etcétera, cuando pase ese periodo. Si nadie impugna los acuerdos (se estima que sólo el TSJDF podría hacerlo), al sexto día se reanuda el procedimiento; pero si alguien lo hace, el juicio permanecerá parado hasta que alguna sala o pleno resuelva la legalidad de ambos acuerdos.

Fuentes judiciales precisaron que con la suspensión otorgada el Ifetel está en condiciones de resolver si los canales de televisión abierta pueden transmitirse a través de la televisión restringida y que, por tanto, no hay prohibición para que la empresa Dish siga transmitiendo los canales de Televisa hasta que no haya una resolución del instituto respecto al must carry y must offer.

La decisión de cuándo resolver es del instituto, señalaron los funcionarios.

Trascendió que en su demanda, presentada el pasada jueves por la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República, el Ejecutivo federal no solicitaba la suspensión del oficio emitido el 14 de febrero de 2014 por el juez 32 de lo civil que señalaba que el Ifetel carece de competencia para ordenar la retransmisión gratuita de los canales 2, 4, 5, 9 y 48, 49 y 44 (éstos en alta definición).

Funcionarios judiciales explicaron que si la ministra Olga Sánchez Cordero no hubiera emitido la suspensión, se hubiera hecho nugatoria la competencia que en materia de telecomunicaciones otorga de manera directa la Constitución al Ifetel.

Explicaron que el acuerdo subraya que es un hecho notorio que la reforma al artículo sexto constitucional (promulgada el 11 de junio de 2013) creó y facultó de manera exclusiva al Ifetel en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.

Reanudará trabajo

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) anunció que en breve convocará a sesión extraordinaria de pleno para tratar y en su caso aprobar los lineamientos generales para la retransmisión de señales de televisión abierta, debido a que así se lo permiten dos acuerdos emitidos por la ministra Olga Sánchez Cordero, al dar entrada a la controversia constitucional sobre las facultades de este órgano regulador.

Después de la sesión de pleno del miércoles pasado el Ifetel anunció que no había empezado con el análisis de los lineamientos generales para la retransmisión de señales de televisión abierta, porque el juzgado 32 de lo civil le notificó que no tenía facultades para decidir sobre derechos de autor ni la retransmisión de canales de Televisa.

Al día siguiente el Ifetel solicitó al Ejecutivo federal que promoviera una controversia constitucional para resolver el conflicto originado por la postura del juez 32, como parte de un litigio promovido por Televisa en contra de Dish en 2011. La Presidencia promovió la controversia el mismo jueves y el lunes pasado fuer admitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El organismo regulador explicó que fue notificado de dos acuerdos emitidos por la ministra Olga María del Carmen Sánchez Cordero, quien funge como instructora en la controversia, acuerdos que dejan al Ifetel en libertad de ejercer sus atribuciones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, por lo que en breve se convocará a una sesión extraordinaria del pleno para deliberar y, en su caso, resolver sobre el proyecto de lineamientos generales, mediante los cuales se establecerán reglas claras para que las televisoras cumplan con el must offer y must carry que mandata la reforma constitucional a telecomunicaciones.

El primer acuerdo de Sánchez Cordero admite la controversia constitucional referida. En el segundo acuerdo se concede de oficio la suspensión de los actos impugnados por la Federación en la controversia constitucional.