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Reformarían Derechos de los Pueblos Indígenas
 
Periódico La Jornada
Domingo 16 de febrero de 2014, p. 14

El grupo parlamentario del PRD en la Cámara de Diputados presentará un exhorto al gobierno federal, para que por medio de la Comisión para el Diálogo con los Pueblos Indígenas de la Secretaría de Gobernación y la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, integre un consejo redactor plural e interinstitucional de la propuesta de reforma de Derechos de los Pueblos Indígenas.

El legislador indígena Carlos de Jesús Alejandro (PRD) llevará al pleno el punto de acuerdo, que se pretende sea suscrito por la mayoría de los partidos, por el respaldo suscitado entre otros legisladores. De esta manera se hace un llamado a las instancias gubernamentales a integrar de manera urgente el grupo que deberá estar formado por representantes de las instituciones federales, de las comisiones de Asuntos Indígenas de las cámaras de Diputados y de senadores, así como de los pueblos indígenas, intelectuales, legisladores, académicos y especialistas.

Consulta a comunidades

El consejo tendría como tarea elaborar el proyecto que pondrá a consideración del Poder Ejecutivo y Legislativo, y someterá la propuesta de reforma de Derechos de los Pueblos Indígenas a la correspondiente consulta de los pueblos y comunidades indígenas, bajo el principio de consentimiento libre, previo e informado.

La exposición de motivos de la propuesta puntualiza que el Congreso le toma la palabra al Ejecutivo federal de realizar una reforma de gran calado en materia de pueblos indígenas, la cual tendría que contener reformas constitucionales y de leyes secundarias, contemplando la recomendación de la Organización de las Naciones Unidas de armonizar la legislación nacional con el derecho internacional sobre los derechos colectivos de los pueblos indígenas, a fin de garantizar y salvaguardar el derecho a la autonomía y la libre determinación.

Así, el consejo redactor tendría que retomar las propuestas planteadas en los Acuerdos de San Andrés, los derechos pendientes por legislar en el artículo segundo constitucional a fin de reconocer a los pueblos indígenas como sujetos de derecho público; armonizar la Constitución con los estándares internacionales en materia de derechos de los pueblos indígenas, tales como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.