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Emiten contratos con cláusulas abusivas e ilegales, explica

Condusef aplicó 320 multas a varias instituciones que dan crédito automotriz
 
Periódico La Jornada
Viernes 29 de noviembre de 2013, p. 27

Durante 2013 la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) aplicó 320 multas contra instituciones financieras que otorgan crédito automotriz, lo que representó un incremento de 38.5 por ciento respecto de las 231 de 2012.

Las sanciones aplicadas representan 15 millones de pesos, derivadas en particular de la aplicación de cláusulas ilegales en los contratos de crédito, que contravienen algún ordenamiento legal.

Al presentar el séptimo estudio de Evaluación del crédito automotriz, el presidente del organismo regulador, Mario Di Costanzo Armenta, detalló que entre las principales causas de controversia planteadas por los consumidores se encuentran: la institución financiera no entrega finiquito o carta de liberación de adeudo (18.7 por ciento de las quejas recibidas); inconformidad con el saldo de las amortizaciones (13); inconformidad con el monto de las primas devengadas del seguro vinculado (10.6); no actualización de información del historial crediticio (9.7); funcionamiento de los servicios financieros (5.9), y gestión de cobranza sin ser cliente deudor (5.9 por ciento). El restante 36.2 por ciento correspondieron a diferentes causas.

Conviene hacer notar la importancia de revisar los contratos de crédito, dijo el funcionario, si se toma en cuenta que históricamente 54 por ciento de los automóviles adquiridos ha sido a crédito y que, particularmente en diciembre, las ventas aumentan casi al doble.

Además, añadió, algunos contratos incluyen cláusulas abusivas que hasta ahora no pueden ser sancionadas porque no se encuentran consideradas en la legislación vigente, como auqella que se incluye en los contratos de adhesión contraria a la buena fe, que causa desequilibrio en los derechos y obligaciones de las partes, en detrimento de los usuarios.

Como ejemplo citó el caso de la sociedad de objeto múltiple (sofom) del banco Santander, la cual requiere al acreditado que otorgue una autorización para cargar en su cuenta de cheques con el banco el pago de las cantidades adeudadas, lo que incumple con las reglas de domiciliación, además de no dar a conocer el monto de las comisiones.

Otras prácticas, por ejemplo, son la de la sofom Serfimex Capital, donde se pide la cancelación de la domiciliación en 10 días cuando la norma define que sean sólo tres días; prevé modificar comisiones ya pactadas, y limita a cinco días el tiempo para presentar reclamaciones en caso de una resolución negativa de la institución, cuando la norma considera dos años.

Como casos de cláusulas abusivas Di Costanzo se refirió a las que aplican los bancos Banamex, Banregio y BanBajío, donde la institución queda facultada para realizar cargos en la cuenta del cliente en caso de que el crédito presente algún adeudo, o el de sofomes que cobran una comisión de 2 mil 500 pesos en caso de que el usuario desee realizar un pago anticipado antes de haber cubierto 50 por ciento del crédito.