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En 2013 se dejarán de recibir $643 mil millones, equivalentes a 3.87% del PIB

Superan al IVA los beneficios fiscales que otorgará Hacienda

La autoridad protege segmentos de la población sin que contribuyan a la distribución de ingresos, indica el CEFP de la Cámara de Diputados

Tasas reducidas, exenciones y subsidios, lo principal

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Imagen de archivo de un mitin para informar sobre el aumento de gravámenesFoto Jesús Villaseca
 
Periódico La Jornada
Sábado 27 de julio de 2013, p. 5

Durante el ejercicio fiscal 2013, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) otorgará beneficios fiscales –a través de los llamados gastos fiscales– por 643 mil 419 millones de pesos, equivalentes a 3.87 por ciento del PIB, cifra mayor a la que se espera recaudar por concepto de IVA durante el mismo ejercicio, cuya cantidad se calcula en 622 mil 626 millones de pesos.

La Cámara de Diputados, mediante el Centro de Estudios de las Finanzas Públicas (CEFP), refiere que los gastos fiscales significan la renuncia recaudatoria de la autoridad fiscal bajo el argumento de que funcionan como impulso de la actividad económica, y su existencia se encamina a la protección de determinados segmentos de la población sin que contribuyan a la distribución de ingresos.

El gobierno federal dejará de recaudar por concepto de tasas diferenciadas, exenciones, subsidios y créditos fiscales, condonaciones, facilidades administrativas, estímulos fiscales, deducciones autorizadas, tratamientos y regímenes especiales. Todo ello establecido en varias leyes que en materia tributaria se aplican a escala federal.

Para el ejercicio fiscal del presente año la autoridad hacendaria estimó que los gastos fiscales ascenderán a 643 mil millones de pesos, y 80 por ciento de esa cifra está integrada por tres conceptos básicos: tasas reducidas, exenciones y subsidios.

Las tasas reducidas impactarán a la menor recaudación de impuestos con un monto de 205 mil 756 millones de pesos. En ese rubro se incluye la tasa cero en alimentos, la tasa cero en medicamentos y la tasa de 11 por ciento de IVA en las regiones fronterizas del país.

Las exenciones también se consideran gastos fiscales, porque dejan fuera del alcance del gravamen algunos tipos de altos ingresos. Esto representa una renuncia recaudatoria del orden de 187 mil 755 millones de pesos.

Los subsidios ascenderán a 131 mil 732 millones; los diferimientos, que son considerados gastos fiscales porque son esquemas a través de los cuales se evita o se reduce el pago de impuestos en el presente, pero compensados en el futuro, sumarán 20 mil 96 millones de pesos. Y las deducciones que afectan la integración de la base gravable del impuesto que se trate implicarán una renuncia recaudatoria de 29 mil 612 millones de pesos.

El centro de estudios del Poder Legislativo refiere que la Secretaría de Hacienda dio a conocer por primera vez el monto de gastos fiscales (aquellos que se dejan de recaudar por el erario federal) en noviembre de 2002. En aquella fecha se estimó que el gobierno dejaba de recaudar 329 mil 446 millones de pesos debido a los beneficios fiscales.

Para 2007, Hacienda realizó cambios sustantivos en su cálculo de presupuestos de gastos fiscales. Lo dividió en tres apartados: el primero implicó el fundamento legal para la elaboración del documento, así como la descripción de la función del presupuesto de gastos fiscales; el segundo lo integró la definición de los gastos fiscales y el tercero, al que se denominó principales resultados, dio a conocer una estimación total para los años 2007 y 2008 de 581 mil 193 millones de pesos (5.9 por ciento del PIB) y 604 mil 556 millones (5.7 por ciento del PIB), respectivamente. En aquella época se incorporó a la estimación el subsidio a las gasolinas.

También para 2009 y 2010, el presupuesto de gastos fiscales se estimó en el orden de 464 mil millones de pesos (3.9 por ciento del PIB) y 502 mil 533 millones (4 por ciento del PIB), respectivamente, que en contraste con las estimaciones realizadas en el año previo disminuyeron considerablemente porque la SHCP incorporó la cuantificación del efecto de la evasión fiscal, a fin de aproximar dichas estimaciones a la recaudación potencial que podría obtenerse de eliminar los tratamientos diferenciales.