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Funcionarios de los ámbitos laboral y financiero tratarán el tema esta semana

Analiza STPS que oficinas del gobierno sean cobradores de IP

La ley prohíbe que las dependencias descuenten de la nómina de sus trabajadores los adeudos con Sofomes

La AMDEN aduce que es una práctica regida por el derecho mercantil

 
Periódico La Jornada
Jueves 11 de julio de 2013, p. 24

La legalidad de la práctica cometida por dependencias de las administraciones federal y locales de actuar como cobradores de empresas financieras no bancarias, que otorgan préstamos de nómina a servidores públicos, es objeto de análisis en el gobierno federal, confirmó ayer La Jornada.

Es un caso que se analiza, informó a este diario la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), dependencia donde inicialmente se puso atención a una práctica en la que las tesorerías de dependencias oficiales actúan como cobradores de empresas privadas, conocidas como Sociedades Financieras de Objeto Múltiple (Sofomes), que otorgan a trabajadores del sector público préstamos garantizados con la nómina.

La legislación laboral prohibe que en su calidad de patrón el gobierno federal realice descuentos al salario de trabajadores en casos como el pago de un crédito a una empresa privada.

Testimonios recabados por este diario mostraron que trabajadores del sector público acumulan préstamos garantizados por nómina en diferentes Sofomes y que en todos los casos es su propio empleador, esto es, una dependencia pública, la que aplica los descuentos quincenales y los transfiere a las cuentas bancarias de las otorgantes de préstamos.

En varios casos, el total de los descuentos excede de 30 por ciento del sueldo de los trabajadores, el límite máximo que establece la ley que rige la relación laboral de los empleados públicos y privados sobre el que pueden hacerse descuentos salariales.

En los últimos años, varias Sofomes han aumentado su actividad como otorgantes de préstamos a empleados públicos, tanto del gobierno federal como de los estatales y municipales. Una vez que el trabajador obtiene el préstamo, su empleador (es decir, las dependencias gubernamentales) retiene directamente el abono quincenal antes de entregar el sueldo completo al empleado y lo transfiere a cuentas de las intermediarias financieras, varias de ellas no reguladas por la autoridad supervisora del sistema, como publicó ayer La Jornada.

La Asociación Mexicana de Empresas de Nómina (AMDEN), cuyos afiliados han otorgado nueve de cada 10 préstamos otorgados por Sofomes a empleados públicos, defendió en declaraciones a este diario la legalidad de los cobros que hacen las tesorerías de dependencias públicas de los abonos por los créditos, bajo el argumento de que es una práctica regida por el derecho mercantil y no por la legislación laboral.

En su página eléctronica la AMDEN explica que sus afiliados otorgan préstamos a empleados de gobierno cuyo cobro se realiza a través de la retención que la dependencia le aplica a la remuneración del trabajador.

Entre los afiliados a la AMDEN están las Sofomes Kondinero, Consupago –que tiene colocados certificados bursátiles en el mercado accionario mexicano–, Crédito Real –que cotiza sus acciones en la Bolsa Mexicana de Valores–, Crediamigo, Credifiel, Crédito Maestro, Financiera Fortaleza y Exitus Nómina.

A mediados de mayo, desde la subsecretaría del Trabajo, a cargo de Rafael Avante Juárez, fue girado un oficio a varias instancias del sector hacendario, en el que se planteaba analizar la práctica en que las dependencias de la administración pública descuentan los abonos de los préstamos otorgados por las Sofomes a burócratas, según información obtenida por este diario.

Prohibiciones en la ley

Al ser consultada respecto de este oficio y sobre la investigación respecto a la legalidad de la práctica de los cobros, la dependencia respondió ayer que el tema es objeto de análisis. Esta misma semana, según información proporcionada por otras fuentes gubernamentales, se realizará una reunión en la que participarán funcionarios de los ámbitos laboral y financiero en que el tema será discutido.

La existencia de ese documento fue confirmada a La Jornada por Pablo Escalante, consejero independiente de la AMDEN, quien aseguró desconocer el contenido del mismo.

En la AMDEN están agrupadas Sofomes que han otorgado 550 mil créditos de nómina a empleados públicos por un total de 11 mil millones de pesos.

El artículo 38 de la Ley federal de los trabajadores al servicio del Estado, que regula la relación laboral de los trabajadores del sector público, establece que sólo podrán hacerse retenciones, descuentos o deducciones al salario de los trabajadores cuando se trate de:

Deudas contraídas con el Estado por anticipo de salarios, pagos hechos con exceso, errores o pérdidas debidamente comprobadas; del cobro de cuotas sindicales o de aportación a fondos para cooperativas y cajas de ahorro; descuento de deudas contraídas con el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; pensiones alimenticias ordenadas por un juez; para abonar préstamos a los fondos de vivienda.

Una disposición similar está contenida en el artículo 110 de la Ley federal del trabajo, que regula la relación laboral de los empleados del sector privado. En ambas leyes se establece que los descuentos al trabajador no podrán exceder 30 por ciento de su salario.

Sin revisiones

Varias de las Sofomes afiliadas a la AMDEN, que otorgan préstamos de nómina ofrecen en sus portales electrónicos que no consultarán la información del solicitante en el Buró de Crédito, un banco de datos en el que los otorgantes de préstamos pueden obtener información sobre el nivel de endeudamiento y la capacidad de pago de los deudores.

Un ejemplo es Kondinero, Sofom que en su página electrónica ofrece: Somos la empresa líder en préstamos con descuento vía nómina, sin buro de crédito, con tasa y pagos fijos.

Pablo Escalante, consejero de la AMDEN, aseguró a este diario que todas las afiliadas a esa organización (entre las que se cuenta Kondinero) hacen consultas al Buró de Crédito como parte del procedimiento para autorizar el préstamo y evitar el sobrendeudamiento de los trabajadores públicos. Verificamos la capacidad de pago de los solicitantes, no en función de cuál es su sueldo, sino en función del pago que realmente reciben, explicó.