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Preocupa a juzgadores cómo suplir deficiencias en demandas de amparo

Aplican programa para mejorar el desempeño de jueces y magistrados

Su función no debe estancarse, no ser autocomplaciente ni dejar de ser autocrítica: Silva Meza

 
Periódico La Jornada
Viernes 7 de junio de 2013, p. 8

La función jurisdiccional no debe estancarse nunca, no puede ser autocomplaciente, ni dejar de ser autocrítica, sostuvo el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ministro Juan N. Silva Meza, y agregó que la nueva Ley de Amparo exige que las costumbres e inercias en el oficio de juzgar no se conviertan en dique o un riesgo para su aplicación.

Al presentar ayer el Programa Nacional de Capacitación y Difusión en Materia de Amparo, en el área de murales de la SCJN, el también presidente del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) anunció un proyecto que busca dotar a jueces y magistrados federales de los elementos necesarios para que actúen de acuerdo con los más altos estándares nacionales e internacionales en materia de impartición de justicia y protección de los derechos humanos.

Ante ministros de la SCJN, consejeros del CJF, magistrados y jueces, Silva Meza señaló que las recientes reformas constitucionales en materia de derechos humanos obligan a todas las autoridades del país, sin distinción de competencia, nivel jerárquico o jurisdicción, a proteger los derechos humanos de las personas, porque esa es la vocación del Estado mexicano expresada en la Carta Magna.

Señaló que el programa de capacitación también busca acercar el juicio de amparo y sus instituciones a la sociedad,para lograr que el mayor número de personas posible conozca y se familiarice con los principios estructurales de este derecho, del cual nadie está excluido.

Magistrados y jueces federales de varias entidades externaron su preocupación sobre el papel que desmpeñarán en el nuevo sistema de justicia penal –que incluye la obligación de resolver los casos con apego a tratados internacionales en materia de derechos humanos, incluso por encima de las leyes nacionales–, debido a que, por mencionar un ejemplo, la nueva Ley de Amparo exige juzgar con imparcialidad y, al mismo tiempo, los obliga a suplir la deficiencia de las demandas de garantías tramitadas por las víctimas y ofendidos de un delito.

En entrevistas por separado, dos magistrados de circuito y dos jueces de distrito –que pidieron el anonimato– coincidieron en señalar que la nueva Ley Amparo tiene algunas contradicciones que les preocupan, como las nuevas reglas para que proceda la suplencia de la queja en favor de una de las partes (víctimas y ofendidos), lo que cual pone en cuestionamiento cómo vamos a salvaguardar la imparcialidad.

Un magistrado cuestionó: el juez tiene que ser, por definición, imparcial, y si va a suplir la deficiencia de la queja de una de las partes, ¿cómo lo va a hacer sin afectar a la otra?

En tanto, especialistas e integrantes de organizaciones sociales advirtieron que si no se acelera la aplicación del sistema penal acusatorio, como señala la reforma de 2008, los vicios del actual sistema inquisitorio pueden lastrar cualquier esfuerzo de cambio y dejar las condiciones penales del país como están.

Al hablar durante la presentación del Observatorio Ciudadano del Sistema de Justicia, surgido con el propósito de estudiar las acciones y omisiones del Estado para proteger los derechos de los involucrados en un proceso penal, los participantes analizaron el trabajo judicial en Baja California, Campeche, Distrito Federal, Guerrero, Michoacán, Morelos, Puebla y Oaxaca, y concluyeron que persiste el arraigo, el cual es incompatible con los derechos humanos al violar las garantías de presunción de inocencia, la libertad personal y el debido proceso.

En otro orden, el pleno de la SCJN estableció que no pueden aplicarse en automático los criterios de interpretación previstos en la reforma constitucional que estableció el sistema penal acusatorio, de junio de 2008, al discutir un amparo relacionado con la defensa adecuada a partir de la aplicación del nuevo sistema.