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La presentación en el Senado deberá esperar consenso en el PRD

Pendiente aún, la reforma para legalizar policías comunitarias

El autor es el legislador Sofío Hernández, cercano a Ángel Aguirre

 
Periódico La Jornada
Miércoles 20 de febrero de 2013, p. 9

La presentación de la reforma para legalizar la actuación de la policía comunitaria no se pudo realizar ayer, aunque estaba agendada, ya que el autor de la misma, el senador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) Sofío Hernández, decidió esperar el respaldo de su bancada, donde hay división en torno a la propuesta.

El legislador guerrerense, quien es cercano al gobernador Ángel Heladio Aguirre Rivero, dijo que si no logra el consenso presentará la reforma la próxima semana, ya que, argumentó, se beneficiará a más de 11 millones de mexicanos pertenecientes a 50 pueblos indígenas localizados en 36 mil 380 localidades de 26 estados.

Esa reforma a la Constitución y a dos leyes secundarias permitirá a los integrantes de las comunidades indígenas coadyuvar ‘‘en un reto tan grande y básico como es la seguridad, y que formen parte del Sistema Nacional de Seguridad Pública’’.

Destaca Hernández en su propuesta de reformas –publicada en la Gaceta del Senado, pero que no se presentó ante el pleno– que la policía comunitaria de Guerrero surgió formalmente el 15 de octubre de 1995; desde entonces, ‘‘esta experiencia es un referente obligado del potencial creativo e innovador de los pueblos indígenas de México’’.

Este sistema, subraya el legislador, ‘‘no intenta competir ni suplir a las instancias formales encargadas de la seguridad, sino coadyuvar en las labores de seguridad preventiva y persecución de delitos del fuero común’’.

En conferencia de prensa, el perredista resaltó que ‘‘la policía comunitaria tiene su sustento legal en los usos y costumbres que rigen a los pueblos indígenas, en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en el artículo segundo de la Constitución y, en el estado de Guerrero, en la Ley 701, que permite el reconocimiento de estas figuras de organización social para coadyuvar en la prevención del delito’’.

El senador Hernández indica que se deben modificar los artículos 2, 4, 7 y 10 de la Constitución. En el cuarto se deberá establecer que ‘‘la coordinación en un marco de respeto a las atribuciones entre las instancias de la Federación, los estados, el Distrito Federal, los municipios, los pueblos y las comunidades indígenas, será el eje del Sistema Nacional de Seguridad Pública’’.

La propuesta prevé que los pueblos indígenas, así como las comunidades equiparables a aquéllos, ‘‘podrán constituir sus sistemas de seguridad y justicia autónomos para ejercer su legítimo derecho a la libre determinación, tal como se establece en el artículo segundo constitucional.

‘‘(…) Podrán recibir partidas presupuestales por parte de la Federación, del estado y de los municipios. De dichos recursos deberán presentar informes públicos trimestrales.’’