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Detecta el tribunal federal vicios graves en el proceso de elección

Revocan acuerdo en Colima por el que se eligió a magistrados del TEE
Reportero y corresponsal
Periódico La Jornada
Jueves 13 de diciembre de 2012, p. 34

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo del Congreso de Colima por el cual se seleccionó a los magistrados del Tribunal Electoral del Estado (TEE) por considerar que hubo vicios graves en el procedimiento, entre ellos, que el Congreso local no emitió una convocatoria abierta y no respetó los derechos humanos de dos magistrados en funciones.

Asimismo, ordenó a diputados locales reponer el procedimiento, por lo que el tribunal de justicia de la entidad deberá difundir la convocatoria, para que haya certeza en el nuevo procedimiento.

La impugnación fue promovida por el PAN y el ciudadano Efraín Naranjo Cortés, mientras que los magistrados del TEE, Miguel Ángel Durán y Rigoberto Suárez, interpusieron otro alegando violación a sus derechos humanos por negárseles la oportunidad de participar en el proceso.

El procedimiento comenzó en septiembre pasado, cuando el Supremo Tribunal de Justicia del Estado mandó una lista de 10 candidatos que había seleccionado, a propuesta de organizaciones de abogados, entre las que se incluían a personajes cercanos a políticos priístas.

Por mayoría de diputados del PRI, el Congreso aprobó ese mes como magistrados numerarios (o titulares) a María de los Ángeles Tintos Magaña, esposa del entonces diputado priísta Víctor Vázquez Cerda, y a Mario Hernández Briceño, ex consejero presidente del Instituto Electoral del Estado.

Como magistrados supernumerarios (suplentes) avalaron a Enoc Francisco Morán Torres, quien ha sido asesor y proyectista en el Tribunal Electoral del Estado (TEE), así como Elías Sánchez Aguayo, quien ha tenido varios cargos en el propio TEE.

La ponencia del TEPJF fue elaborada por el magistrado Pedro Esteban Penagos, quien enumeró las irregularidades, entre las que destacó que no se publicó la convocatoria.

Los magistrados determinaron la inaplicación del artículo 273 del Código Electoral local, pues contraviene al 116 de la constitución federal, ya que con ello se impidió a los aún magistrados participar en el proceso.

De forma unánime se aprobó el proyecto, al coincidir en que hubo anomalías en el procedimiento.