Mundo
Ver día anteriorMartes 16 de octubre de 2012Ver día siguienteEdiciones anteriores
Servicio Sindicado RSS
Dixio

Existe la posibilidad de que cumpla parte de la pena en Cuba y después sea expulsado

Justicia cubana condena a 4 años de cárcel al español Carromero por muerte de Payá
Foto
En imagen del pasado 5 de octubre, elementos de seguridad cubanos custodian al ciudadano español Ángel Francisco Carromero Barrios (al centro), quien ayer fue condenado a cuatro años de prisión por la muerte del líder opositor cubano Oswaldo Payá en un accidente vialFoto Ap
Corresponsal
Periódico La Jornada
Martes 16 de octubre de 2012, p. 25

La Habana, 15 de octubre. El español Ángel Francisco Carromero Barrios fue declarado culpable por la muerte del líder opositor cubano Oswaldo Payá, pero el tribunal suavizó el castigo previsible al dictar una sentencia de cuatro años de cárcel, contra siete que había pedido la fiscalía.

El fallo de la Sala Primera de lo Penal del Tribunal Provincial Popular de Granma (oriente), que hoy difundió la televisión, coincide con la insólita sintonía que muestran La Habana y Madrid al manejar el caso.

Ese súbito clima de distensión contrasta con los primeros meses de gobierno del conservador Partido Popular (PP), en los que parecía avecinarse una nueva etapa de conflictos con la isla.

Cuba tiene ahora en sus manos la llave para abrir una puerta de salida donde, al mismo tiempo, se castigue el delito, se cumpla con la ley local y se satisfaga el interés español.

Esa puerta es una disposición del Código Penal, por la cual Carromero podría cumplir parte de la condena y luego salir expulsado mediante un decreto del ministro de Justicia, que ejercería una facultad excepcional.

Con la expulsión se extinguiría la responsabilidad penal, por lo cual el prisionero llegaría a España en libertad. Sin embargo, esa fórmula requiere la decisión unilateral cubana, para lo cual quizá sea necesaria una negociación por la parte española.

La vista oral se realizó hace diez días en la ciudad de Bayamo, Granma, en cuyas cercanías ocurrieron los hechos.

La fiscalía acusó a Carromero de conducir a exceso de velocidad, con imprudencia y falta de habilidad y provocar así el vuelco del auto en el que iban Payá, el también opositor cubano Harold Cepero, que murió, y el líder democristiano sueco Jens Aron Modig, quien pudo volver a su país.

La defensa rebatió procedimientos periciales y alegó que el mal estado de la carretera y la falta de señales adecuadas influyeron en el accidente. Esa línea no es habitual en los litigios en Cuba, donde la factura de los dictámenes técnicos no suele estar a debate.

También en forma desacostumbrada, periodistas extranjeros pudieron seguir la audiencia por circuito cerrado. El cónsul español Tomás Rodríguez calificó el juicio de limpio, abierto y procesalmente impecable.

Carromero pasó la prisión preventiva en la sede del Departamento Técnico de Investigaciones de la policía, en La Habana, en un lugar aparte, con mejores condiciones que el bloque de celdas comunes.

El secretario de Estado de España para la Unión Europea, Íñigo Méndez de Vigo, dijo el mes pasado que a raíz del caso las dos cancillerías hablan mucho más que antes. Madrid suprimió toda declaración pública sobre el asunto, incluso las iniciales demandas de repatriación inmediata del preso.

El canciller español, José María García-Margallo, habló a finales de septiembre con su colega cubano, Bruno Rodríguez, en Nueva York y el caso estuvo sobre la mesa, según versiones de prensa. Sin embargo, ambas partes mantuvieron un pacto de silencio sobre el tema.

Carromero, de 29 años, vicepresidente en Madrid de Nuevas Generaciones (NG), brazo juvenil del PP, sólo fue procesado por homicidio, sin enfrentar delitos políticos.

El diario oficial Granma lo había acusado de involucrarse en actividades netamente políticas contra el orden constitucional, al traer fondos a Payá y asesorar la constitución de una organización juvenil opositora.

El comunicado del lunes dijo que el fallo se dio después de que el tribunal analizó un amplio material probatorio y el cumplimiento de las garantías legales establecidas, atendiendo a la gravedad de los hechos en que se produjo la lamentable muerte de dos personas como consecuencia de la conducta imprudente de Carromero.

También recordó que la sentencia puede ser apelada por el acusado y por la fiscalía ante el Tribunal Supremo.