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Las empresas interpusieron quejas por separado para la suspensión del promocional

Niega el IFE solicitud de Monex y Soriana para el retiro de espot

Determinó que el mensaje siga al aire hasta el 16 de agosto

También analizará de fondo las denuncias que sobre el mismo tema presentaron el PRI y la periodista Carmen Aristegui

 
Periódico La Jornada
Domingo 5 de agosto de 2012, p. 5

La cadena de tiendas Soriana y el Banco Monex denunciaron al Movimiento Progresista por incluir en su más reciente espot material que a su juicio es calumnioso y afecta su imagen y honra, al vincularlos con delitos electorales. Estas empresas pidieron al Instituto Federal Electoral (IFE), en quejas interpuestas por separado, el retiro inmediato del promocional e imponer sanciones a los partidos involucrados.

No obstante, al ser denegadas las medidas cautelares, el mensaje seguirá al aire hasta el 16 de agosto, dentro de la pauta de transmisión de espots asignada a la coalición de partidos de izquierda.

De manera simultánea, el IFE analizará de fondo las denuncias que sobre este mismo tema interpusieron, además de Soriana y Monex, el PRI y la periodista Carmen Aristegui, para determinar si el Movimiento Progresista incurrió en violación a la Constitución y al código electoral.

La Comisión de Quejas del instituto negó ayer las medidas cautelares solicitadas por Soriana y Monex, con el argumento de que el espot incluye temas de interés público, en el contexto de la discusión democrática y de los juicios hacia la calificación de la elección presidencial.

Días antes, otras personas e instancias aludidas en el espot ya habían solicitado el retiro del mismo (PRI y la periodista Carmen Aristegui, de quien se tomó un enunciado acerca de Monex y la referencia que hay indicios de lavado de dinero). En todos los casos, la comisión determinó que no había elementos para retirar el promocional.

La determinación fue no conceder las medidas cautelares solicitadas por Carmen Aristegui en la ampliación de su queja; por Monex y Soriana, en las quejas que presentaron el viernes, las cuales también incluían la petición de medidas cautelares, informó el consejero Benito Nacif, presidente de la Comisión de Quejas.

El PRI alegó que el mensaje contenía enunciados denigrantes para este partido y constituía además, según el tricolor, propaganda electoral fuera de periodo de campaña.

Aristegui argumentó que el espot constituía un uso indebido de la pauta (espacios que se conceden a los partidos políticos dentro de sus prerrogativas) y, además, utiliza su imagen indebidamente.

La decisión de negar las medidas cautelares tiene que ver con que el mensaje es parte del debate de un hecho de relevancia pública: la calificación de la elección presidencial, donde un grupo de partidos alega que hay pruebas suficientes para invalidar estos comicios.

Hay diferentes posiciones que se están ventilando y creemos que en una democracia es fundamental el debate, subrayó el consejero, titular de esta comisión en la que también participaron, para este análisis, los consejeros Alfredo Figueroa y Lorenzo Córdova, toda vez que Sergio García Ramírez se excusó del mismo por tener vínculos de amistad con algunos empresarios priístas que han sido mencionados en el caso Monex.

En el espot se emiten enunciados como la Presidencia de México no se compra compra de votos lavado de dinero; el destino de México no tiene precio; hemos aportado miles de pruebas para invalidar la elección; plan nacional de defensa de la democracia y dignidad de México.

También se acusa que hubo manipulación en las encuestas y, enseguida, aparece una imagen con las tarjetas Aprecio, de Soriana, las cuales contienen la imagen del candidato presidencial del PRI, Enrique Peña Nieto. Se escucha la voz de una mujer que dice vote por el PRI y le damos su tarjeta.

Con matices, en los documentos entregados el viernes al IFE, Soriana, por medio de su representante Gustavo Armando Robles Luque, y Monex, mediante Gerardo Tapia Tinoco, alegan que los partidos de la coalición de izquierda incurrieron en violaciones a la Constitución y al código electoral por la transmisión del espot, cuyo contenido incurre en actos denigratorios y de calumnia para esta cadena de tiendas y la institución financiera mencionada por PAN y Movimiento Progresista como parte de una triangulación ilegal de recursos para financiar la estructura de representantes priístas antes y durante la jornada electoral pasada.

Afirman, en principio, que una persona moral puede interponer este tipo de quejas, según establecen diversos precedentes jurídicos; además, aducen que los señalamientos de la coalición en torno a ambas instancias es parte de un juicio aún en trámte, sin sentencia definitiva ni verdad legal en contra de sus representados.

“En el presente asunto mi representada goza de legitimación ad causam, pues es titular del derecho que estima violado por el partido político responsable del espot Miles de pruebas, que es el derecho al honor en tanto límite constitucional al ejercicio de la libertad de expresión del instituto que vengo a denunciar”, señala el defensor de Soriana en sus quejas.