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La Corte no se manifestará en el caso del joven Cantú
 
Periódico La Jornada
Miércoles 28 de marzo de 2012, p. 7

Por seis votos en favor y cuatro en contra, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó por notoria improcedencia una consulta que envió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) al máximo tribunal para que éste se manifestara en el caso del joven Jorge Otilio Cantú, quien fue muerto por militares que cumplían labores de seguridad pública en Monterrey, en abril de 2011.

El organismo de derechos humanos hizo la solicitud a la Corte mediante un recurso que no existe en las leyes procesales mexicanas, lo que obligó a que fuera desechado.

La CNDH pretendía que la Suprema Corte definiera un conflicto de competencia que mantiene parado un proceso contra los siete militares acusados de dar muerte a Cantú, quienes no han recibido sentencia porque aún no se define si deben ser juzgados por los tribunales militares o civiles.

El ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia expuso que no hay vía para canalizar esta inquietud de la CNDH, no hay legitimación de esa instancia para excitar la actividad de esta Corte, ni hay competencia del pleno para hacer pronunciamientos respecto de decisiones tomadas por los tribunales colegiados.

Justificación constitucional

Los ministros que lo apoyaron sustentaron sus argumentos en el artículo 102 de la Constitución, que prohíbe a la CNDH involucrarse en asuntos del Poder Judicial Federal.

Después de dos días de discusiones, en la sesión de pleno se alcanzó la mayoría mínima para mandar el asunto al archivo judicial. El ministro presidente, Juan N. Silva Meza, quien el pasado lunes propuso a sus compañeros la consulta sobre el trámite que se debía dar a la solicitud de la comisión, se sumó ayer a la mayoría que estuvo por el desechamiento del recurso.

En la sesión de ayer, la ministra Margarita Luna Ramos recordó que el conflicto competencial se presentó entre un juez de la capital de Nuevo León y uno militar, por lo que aún era posible que alguna de las partes solicite a un juez federal asumir competencia.

En agosto de 2011, la Corte estableció que los militares acusados de delitos contra civiles deben ser procesados por jueces civiles, pero ello fue posterior a la sentencia del segundo tribunal colegiado de Monterrey, que en junio de ese año asignó el caso Cantú al fuero de guerra, porque los acusados son soldados.