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Secuelas de un montaje

No se pronuncia sobre credibilidad de los delitos que se imputan

La escenificación corrompió todo el proceso, señala dictamen de Zaldívar
 
Periódico La Jornada
Viernes 9 de marzo de 2012, p. 3

El proyecto de dictamen del ministro Arturo Zaldívar, que ordena la inmediata libertad de la ciudadana Florence Cassez, no se pronuncia sobre la credibilidad de los delitos que se le imputan o de los testigos, sino que subraya que “lo relevante es que la escenificación, ajena a la realidad, resulta un elemento que –derivado de sus propios testimonios–, indudablemente, resta fiabilidad a sus testimonios.

El documento de 145 cuartillas que ayer fue subido a la página de Internet de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) agrega que resulta inadmisible y peligroso que en un Estado democrático de derecho, las autoridades hayan orquestado un montaje mediático que corrompió todo el proceso penal y sugestionóa la sociedad y a las personas relacionadas con el caso, viciando la fiabilidad de sus declaraciones.

La exposición al montaje televisivo –transmitido en vivo la mañana del 9 de diciembre de 2005– predispuso a los testigos “para enjuiciar la realidad a través del filtro creado por los miembros de la Agencia Federal de Investigación –comandada entonces por Genaro García Luna–”, señala el texto, el cual agrega que esto resulta aplicable para todos ellos.

Aunque el dictamen sostiene que la SCJN no soslaya la posibilidad de que las personas que han sufrido experiencias traumáticas recuerden con el paso del tiempo los hechos ocurridos durante las mismas, lo cierto es que “en el presente caso la situación es distinta, ya que ese proceso de recuerdo indudablemente se vio contaminado –consciente o inconscientemente– por el hecho de que las autoridades crearan una realidad alternativa en detrimento de la acusada”.

El dictamen pone como ejemplo que, cinco días después de que se hiciera público el montaje, uno de los testigos compareció voluntariamente ante el Ministerio Público Federal para declarar que identificaba a la acusada como una de las secuestradoras, en virtud de que la había visto en televisión.

Respecto al menor de edad, quien fue liberado junto con su madre ante la televisión, Zaldívar señala que ese mismo día, ante el agente del Ministerio Público “declaró que no conoció a Florence Cassez físicamente, ni por su voz (cuando ésta se encontraba expuesta en la cámara de Gesell). Sin embargo, 67 días después del operativo, declaró que identificaba la voz de Cassez como la de una mujer que tenía un acento raro y extranjero, y que le había inyectado durante su cautiverio.

El ministro añade que una situación similar sucedió con la madre de éste, quien al declarar ante el Ministerio Público el día que fue liberada, dijo que no reconocía a Cassez, afirmando que era la primera vez que la veía y que su voz no coincidía con la de los secuestradores. Después de 61 días declaró que su hijo le comentó que una mujer con acento raro fue quien le sacó sangre.

El documento señala que el hecho de que la policía federal no avisara de inmediato al consulado francés sobre la detención de Cassez –lo que violó la Convención de Viena– y que no fuera puesta de inmediato a disposición del Ministerio Público, así como el montaje televisivo violaron el derecho constitucional de la acusada a la presunción de inocencia y al debido proceso.