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El Ejecutivo la solicitará si considera que esos hechos son un obstáculo a la seguridad interior

Intervención militar ante bloqueos vehiculares o actos contra embajadas

Así lo marca el proyecto de reforma a la Ley de Seguridad Nacional, que está sujeto a aprobación

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En imagen de archivo, vigilancia de un elemento del Ejército, luego de un tiroteo en el municipio de Guadalupe, Nuevo LeónFoto Reuters
 
Periódico La Jornada
Viernes 22 de abril de 2011, p. 5

El proyecto de reforma a la Ley de Seguridad Nacional prevé la intervención militar cuando, a evaluación del Ejecutivo y del Consejo de Seguridad Nacional, algún atentado contra representaciones diplomáticas y su personal o a organismos internacionales se considere un obstáculo a la seguridad interior.

En el sexenio de Felipe Calderón han sido asesinados o heridos sólo algunos agentes de oficinas de seguridad de Estados Unidos, y se han cometido agresiones con explosivos únicamente contra consulados de ese país en Nuevo Laredo, Tamaulipas, y Monterrey, Nuevo León.

Entre éstos, en 2008 fue arrojada una granada al consulado de Estados Unidos en Monterrey; el 11 de abril de 2010 se detonaron explosivos en la representación de Nuevo Laredo; el 13 de marzo del mismo año fue asesinada una empleada estadunidense del consulado en Ciudad Juárez; en ese hecho también murieron su esposo, de la misma nacionalidad, y el marido de otra trabajadora de la misma oficina. Asimismo, el 15 de febrero fue asesinado en San Luis Potosí el agente del Servicio de Inmigración y Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) Jaime Zapata, y su compañero Víctor Ávila resultó herido.

Nuevo artículo

Los diputados de PRI y PAN que revisan la minuta del Senado incluyeron un nuevo artículo 5 con 21 fracciones para definir una lista de acciones ilegales que se considerarían obstáculo a la seguridad interior y, en ese sentido, requerir operativos del Ejército o la Marina.

La relación de obstáculos que el proyecto plantea deben ser declarados son los siguientes:

Actos que impidan a las autoridades actuar contra la delincuencia organizada, en referencia a los bloqueos de calles utilizando vehículos; actos en contra de la seguridad de la aviación y de la navegación marítima; atentados en contra del personal o las sedes diplomáticas o representaciones oficiales de organismos internacionales en el país.

Además, todo acto tendente a consumar el tráfico ilegal de materiales nucleares, de armas químicas, biológicas y convencionales de destrucción masiva; todo acto de financiamiento de acciones y organizaciones terroristas; obstaculizar o bloquear actividades de inteligencia o contrainteligencia del Ejército, la Marina y el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen).

También, la destrucción o inhabilitación de infraestructura de carácter estratégico, o indispensable para la provisión de bienes o servicios públicos; acciones de un Estado o un grupo de estados empleando sus fuerzas armadas para agredir o invadir el Estado mexicano.

Obstaculizar o impedir a las autoridades llevar a cabo las acciones necesarias para garantizar la provisión de bienes y servicios públicos indispensables para la población; obstaculizar o impedir a las autoridades prevenir, auxiliar, recuperar y apoyar a la población en caso de contingencias. Asimismo, las agresiones a las instancias o los integrantes del Consejo de Seguridad Nacional; obstaculizar o impedir el ejercicio de las atribuciones de las autoridades para atender una afectación a la seguridad interior, y las acciones de prevención o defensa del Estado mexicano frente a otros estados, sujetos de derecho internacional o agentes no estatales.

Y las acciones para afectar la estabilidad y la seguridad de las partes integrantes de la Federación, y todos aquellos actos o hechos que atenten en contra de la seguridad nacional.

A reserva, datos de agentes del Cisen

El proyecto define que toda la información de inteligencia relacionada con probables obstáculos o amenazas a la seguridad interior deberá clasificarse como confidencial. El artículo 51, fracción I, que añaden los diputados a la minuta del Senado, indica:

Es información gubernamental confidencial aquella cuya difusión implique la revelación de normas, procedimientos, instalaciones, métodos, fuentes, productos, operaciones, especificaciones técnicas, tecnología o equipo, útiles a la generación de inteligencia, contrainteligencia para la seguridad nacional, así como los datos personales de los servidores públicos que participen en actividades de inteligencia y contrainteligencia o en operaciones de seguridad nacional, sin importar la naturaleza o el origen de los documentos que la consignen.

En el caso del espionaje telefónico, el proyecto define que el juez que haya aceptado la intervención de llamadas podrá requerir informes periódicos, y además se obliga a las compañías telefónicas a conceder todas las facilidades para la intervención de comunicaciones privadas y la entrega de los datos conservados en términos de la Ley Federal de Telecomunicaciones.

Diputados de PRD y PT señalaron que no permitirán la aprobación de un proyecto que le da atribuciones extraordinarias al Ejecutivo para el uso de las fuerzas armadas, e insistirán en que se vote la iniciativa alterna que presentaron en marzo.

El diputado Enrique Ibarra Pedroza (PT), integrante de la Comisión de Defensa, dijo que si bien el proyecto alterno considera que debe definirse un marco que regule la actuación de las fuerzas armadas para prevenir y enfrentar riesgos, éstos son distintos y formarían parte de una agenda de acciones con un enfoque más cercano a la seguridad humana y el respeto a las garantías individuales, e incluso se considera que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos debe formar parte, con voz, del Consejo de Seguridad Nacional.

Dicha agenda, recordó el legislador, estaría integrada por aspectos de suficiencia alimentaria; medio ambiente, accidentes o desastres naturales, emergencias de salud pública, delincuencia organizada, tráfico ilegal de drogas y fenómenos asociados, conflictos armados, terrorismo y actos y decisiones de funcionarios públicos que vulneren la seguridad nacional.