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Plantea que partidos puedan entregar pruebas y alegatos sobre comicios presidenciales

Prohibición constitucional a candidatos para contratar espots, demanda el TEPJF

Impedir que legisladoras sean sustituidas por varones, otra propuesta presentada al Congreso

 
Periódico La Jornada
Viernes 16 de abril de 2010, p. 11

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) presentó formalmente al Congreso su propuesta de reforma comicial, en la cual destaca la demanda de modificar el artículo 134 constitucional, que regula la publicidad y la actividad de los funcionarios públicos, y solicita incluir la prohibición expresa de que candidatos y precandidatos a cualquier orden de gobierno contraten tiempos en radio y televisión.

La magistrada presidenta del TEPJF, María del Carmen Alanis, presentó el proyecto, que también incluye modificar el carácter administrativo de la calificación presidencial para elevarla a rango jurisdiccional, lo que abriría la puerta para que los partidos o candidatos inconformes aporten pruebas y alegatos durante este procedimiento, a diferencia de lo que sucedió en 2006.

En esa ocasión el tribunal no admitió ninguna aportación de los partidos, amparado en el principio del carácter administrativo de la calificación.

Ante legisladores –encabezados por los presidentes de las mesas directivas del Senado, Carlos Navarrete, y de la Cámara de Diputados, Francisco Ramírez Acuña–, Alanis solicitó también que, para salvaguardar la equidad de género, las candidaturas se hagan en fórmula del mismo sexo, lo que impediría la sustituciones de mujeres en el Congreso por suplentes varones.

Lo anterior se complementa con la propuesta de igualar el número de candidaturas de diferente sexo, y pasar del actual 60 y 40 por ciento a 50 y 50.

Los magistrados entregaron dos documentos de propuestas de reforma a la Carta Magna y a la legislación comicial, entre las cuales destaca el plan de delimitar claramente la improcedencia constitucional del juicio de amparo en materia electoral.

Aunque esa restricción ya existe, señalan, darle carácter constitucional eliminaría resquicios mediante los cuales, por ejemplo, medios de comunicación han presentado un importante número de juicios de amparo contra sanciones por violaciones al modelo de comunicación política.

Proponen también definiciones más precisas de los supuestos que impiden que actores ajenos al proceso electoral incidan en éste a través de los medios de comunicación.

Paralelamente, solicitan regular con precisión la distribución de tiempos cuando existan procesos concurrentes federal y locales.

Por otro lado, una controversia importante respecto a estos medios de comunicación electrónicos ha recaído en la falta de claridad respecto a los sujetos obligados en la transmisión de los tiempos oficiales. Se sugiere precisar que esta obligación recae sobre cada persona titular de concesiones o permisos, independientemente del numero de éstos.

Otro planteamiento destaca la necesidad de consolidar la eficacia del proceso especial sancionador que realiza el IFE, aunque se anunció que posteriormente se remitirá una propuesta acabada sobre este tema.

Los magistrados sugieren modificar el artículo 99 constitucional con el fin de conferir al TEPJF facultades para imponer a los servidores públicos sanciones administrativas.

Otro proyecto es reformar el artículo 116 constitucional para eliminar el derecho exclusivo de los partidos para registrar candidatos a elección popular, abriéndose la posibilidad de postulaciones independientes tratándose de elecciones locales y municipales.