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Ordena pagar sólo intereses pactados y no lo que pedían los querellosos

La Suprema Corte da la razón a Banamex y Bancomer en 2 quejas de cuentahabientes
 
Periódico La Jornada
Martes 6 de abril de 2010, p. 23

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio la razón ayer a Banamex y Bancomer en dos casos en contra de cuentahabientes que reclamaban el pago de intereses pactados a más de 90 por ciento mensual.

Los ministros resolvieron que los bancos deben pagar únicamente los intereses pactados, que correspondan a los establecidos por el Banco de México, y que la reinversión de los intereses haya sido previamente acordada por las partes.

Con esta decisión, un ahorrador que depositó 700 pesos en la década de los 80 –a precio actual– recibirá unos 42 mil pesos; otro que invirtió 13 mil 832 pesos obtendrá 832 mil 445 pesos según cálculos del ministro Sergio Aguirre Anguiano.

Sin embargo, la demanda de los cuentahabientes, que había sido validada por tribunales civiles del fuero común, ordenaba que en el primer caso la liquidación ascendiera a 995 millones 990 mil 355 pesos y 9 mil 470 millones 79 mil 628 pesos, respectivamente.

El pleno continuó ayer con la discusión de los amparos presentados por Banamex y Bancomer contra las resoluciones judiciales que les eran adversas.

En el asunto promovido por Lilia Villaseñor de Luna contra la sentencia del quinto tribunal del Distrito Federal, la Suprema Corte negó el amparo a la quejosa –quien demandaba 9 mil 470 millones de pesos– y avaló la postura de Bancomer, el cual alegó que no era su obligación notificar a la cuentahabiente las modificaciones sobre las tasas.

Con este criterio de los ministros, el banco quedó deslindado del pago de intereses, como exigía la quejosa.

En el amparo 16/2009, en el que Banamex impugnó la sentencia de la primera sala mixta del supremo tribunal de Aguascalientes, el pleno dio la razón al banco.

Aguirre Anguiano dijo al respecto: No puede aceptarse lo resuelto por la sala responsable respecto a que se trataba de una tasa fija e invariable durante toda la vida del contrato.

Aclaró que ello no signfica que el depositante fuera a recibir cantidades magras, sino alrededor de 42 mil pesos.

Fernando Franco agregó que aunque estamos amparando a los bancos, lo hacemos exclusivamente por las tasas originales que se fijaron, pero los bancos van a tener que pagar a ese depositante a las mejores tasas de interés que hubiera obtenido en su depósito; es decir, el cliente no pierde absolutamente nada.