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Magistrada echa abajo una decisión de la JFCA que reconocía el derecho de la quejosa

A siete años del asesinato de fiscal en Azcapotzalco, niegan pensión a la viuda
 
Periódico La Jornada
Lunes 14 de diciembre de 2009, p. 6

A casi siete años del asesinato del fiscal Adrián San Juan Castro, su viuda e hijos siguen peleando en los juzgados laborales que se reconozca su derecho a la pensión y el acceso a servicios médicos del ISSSTE.

Aunque inicialmente la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) determinó la procedencia de la petición, un tribunal colegiado emitió un amparo en favor del instituto, con el argumento de que la muerte del ex funcionario no fue un accidente de trabajo. El 13 de enero de 2003 San Juan Castro recibió cinco balazos cuando se dirigía a dejar a su hijo en la escuela.

Los abogados de la señora Juana Ortega, viuda de San Juan Castro, argumentaron que los hechos ocurrieron dentro de la jornada de trabajo de éste, la cual, por el cargo que desempeñaba, era de 24 horas. Señalaron que el homicidio del entonces fiscal de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal en Azcaptozalco está directamente relacionado con el desempeño de sus funciones.

San Juan Castro laboró durante 16 años en la procuraduría capitalina, pero al momento de su deceso el ISSSTE le reconoció una antigüedad de 15 años, por lo que ya no fue posible solicitar la pensión prevista en la ley para sus dependientes económicos. El organismo tampoco reconoció el deceso como riesgo de trabajo.

Al poco tiempo del deceso de su esposo, la señora Ortega enfermó de una trombosis hepática, de la cual no ha logrado recuperarse. No obstante, se hace cargo de la manutención de sus hijos.

Con la finalidad de hacer valer su derecho a la pensión económica y el servicio médico, la afectada inició un juicio ante las instancias laborales. El 3 de diciembre de 2008 la (JFCA) le dio la razón y ordenó el pago de la pensión en forma retroactiva.

Sin embargo, el ISSSTE interpuso una demanda de amparo ante el séptimo tribunal colegiado en materia del trabajo del primer circuito, donde la magistrada presidenta, María Yolanda Mújica García, en menos de dos meses revocó la decisión de la JFCA y ordenó que se revaloraran las pruebas a fin de emitir un nueva resolución.

Con las mismas evidencias iniciales, la JFCA cambió su fallo y declaró improcedente el pago de la pensión. Aunque la señora Ortega interpuso un amparo, el problema que observa es que el caso fue tomado otra vez por la magistrada Mújica.

En entrevista, la viuda de San Juan Castro aseguró que el argumento de la magistrada Mújica no tiene sustento, pues plantea que el reconocimiento de una afección profesional o enfermedad que provoque la muerte del individuo debe ser certificado con una prueba pericial médica.

En este caso, dijo, se trató de un accidente de trabajo, un asesinato ocasionado por el riesgo que representa el desempeño del cargo que tenía San Juan Castro. Ante la posibilidad de que la magistrada ratifique su primera decisión, Juana Ortega aseguró que llevará el caso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.