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Sugiere el Congreso local dar licencias de 60 días a los arraigados por la justicia federal

Se amparan 21 alcaldes priístas de Michoacán contra detención

Niegan la protección legal a 14 solicitantes

Algunos abandonan cargos por miedo: PAN

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La Jornada Michoacán
Periódico La Jornada
Miércoles 10 de junio de 2009, p. 31

Morelia, Mich., 9 de junio. El juzgado noveno de distrito concedió una suspensión provisional a 21 presidentes municipales de extracción priísta para evitar que la justicia federal los detenga. A 14 munícipes les fue negado el recurso por razones que el tribunal no aclaró.

El presidente de la Asociación de Alcaldes del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y edil de Múgica, Armando Medina Torres, tramitó el amparo el 28 de junio, dos días después de la captura de 10 munícipes (seis de ellos del tricolor) y 20 funcionarios por presuntos vínculos con el crimen organizado.

Los alcaldes amparados son Salvador Bastida García, de Tacámbaro; Roberto García Sierra, de Huetamo; Francisco Villa Guerrero, de Nocupétaro; Pedro Villalobos Bautista, de Chilchota; Roberto Bautista Chapina, de Cherán; Guillermo Oropeza Torres, de Ixtlán; Miguel Amezcua Manzo, de Tangamandapio; Ignacio Ramos Medina, de Tingüindín; Santiago Alejandro Amezcua Sánchez, de Sahuayo; Alejandro Avilés Valadez, de José Sixtos Verduzco, y Cristóbal Quintero Miranda, de Ecuandureo.

También obtuvieron protección legal José Juan Yepes Ramírez, de Charo; Salomón Fernando Rosales Reyes, de La Huacana; Everardo Cruz García, de Turicato; Miroslava Meza Virrueta, de Gabriel Zamora; Francisco Ocampo Jaimes, de Tuzantla; Francisco Guerrero Chávez, de Nuevo Parangaricutiro; Raymundo Alcaraz Andrade, de Álvaro Obregón; Oracio Colín Ortiz, de Susupuato; José Artemio Castillo Reyes, de Jacona, y el ya mencionado Armando Medina Torres.

El dirigente estatal del Partido Acción Nacional (PAN), Germán Tena Fernández, cuestionó a los priístas por ampararse y descartó que los alcandes panistas hagan lo mismo. El que nada debe, nada teme, dijo.

El líder del PRI en Michoacán, Mauricio Montoya Manzo, aseguró que sus correligionarios no le temen nada, pero ampararse era la única forma de saber si hay algo en su contra.

El diputado panista Sergio Solís Suárez, presidente de la comisión de fortalecimiento municipal en el Congreso local, afirmó que algunos ayuntamientos de la entidad no laboran de manera normal porque sus alcaldes tienen miedo a ser detenidos, y tres o cuatro han dejado el cargo en manos de otras personas.

Respetará decisiones de los cabildos, asegura

Se generó una situación no prevista en la ley

Eduardo Ferrer La Jornada Michoacán

Morelia, Mich., 9 de junio. El Congreso local sugirió a los cabildos de 10 ayuntamientos otorgar una licencia de 60 días a los alcaldes que permanecen arraigados por la justicia federal desde el 26 de mayo, acusados de tener vínculos con el crimen organizado.

De aplicarse esta medida, los síndicos quedarán al frente de los ayuntamientos durante ese lapso, pero el Legislativo aseguró que respetará la determinación de cada cabildo.

En un comunicado que se enviará este miércoles a los municipios de Aquila, Arteaga, Apatzingán, Buenavista, Coahuayana, Ciudad Hidalgo, Tepalcatepec, Tumbiscatío, Uruapan y Zitácuaro, el Congreso estatal apela a la solidaridad y al respeto al estado de derecho para que los integrantes de los cabildos actúen de manera responsable al elegir a quienes cubran las ausencias de los ediles.

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Genaro Guízar Valencia, edil de Apatzingán; Antonio Ixtláhuac Orihuela, de Zitácuaro (quien presentó un amparo para recuperar su libertad), y Antonio González Rodríguez, de Uruapan, son algunos de los alcaldes detenidos el 26 de mayo pasado por presuntos nexos con el crimen organizadoFoto La Jornada Michoacán / Archivo

Por la mañana, el gobernador Leonel Godoy Rangel y el secretario de Gobierno, Fidel Calderón Torreblanca, se reunieron con integrantes de la Junta de Coordinación Política del Congreso y con los presidentes estatales de los partidos Revolucionario Institucional (PRI), Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD). Acordaron que a partir del miércoles, los síndicos municipales se encarguen de los ayuntamientos por los 60 días mencionados.

Esta propuesta sería ratificada por el Legislativo; sin embargo, diputados panistas y priístas de las comisiones unidas de Fortalecimiento Municipal, Puntos Constitucionales y Gobernación consideraron que la medida violentaría la soberanía de los cabildos, por lo que sólo se acordó respetar y respaldar los acuerdos que se tomen.

Hay un vacío legal

La Ley Orgánica Municipal estipula que en casos de ausencia definitiva y justificada por cuestiones de trabajo, los ediles pueden solicitar una licencia hasta por 15 días, y el secretario queda al frente del ayuntamiento. Una vez finalizado ese plazo, el síndico entra en funciones por un periodo similar.

La intención original era que los síndicos permanecieran a cargo por 60 días, para que una vez finalizado el arraigo los alcaldes exonerados reasumieran sus funciones; a quienes se les dictara auto de formal prisión se le suspenderían sus derechos, y el Congreso actuaría de inmediato –a propuesta del cabildo y respetando el origen de partido– para nombrar alcaldes sustitutos.

El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, el panista Samuel Arturo Navarro Sánchez, justificó la negativa de sus correligionarios, al señalar que no es obligatorio que los síndicos queden al frente de los ayuntamientos: “Sí, son los candidatos naturales, pero creemos que el cabildo debe tomar esa decisión.

Hay un vacío legal con relación al sustituto del presidente municipal. La ley estipula que en los casos de ausencia definitiva y justificada del presidente, el secretario del ayuntamiento asumirá este papel durante los primeros 15 días; si la ausencia se prolonga, entrará en funciones el síndico municipal. Los 10 arraigados no pudieron justificar su salida ni pudieron pedir la licencia correspondiente, por lo que se trata de un caso no previsto, afirmó.

La determinación del Congreso se sustenta en el artículo 115 de la Constitución federal, en el 111 y el 112 de la Constitución de Michoacán, así como en el 11 y 31 de la Ley Orgánica Municipal, los cuales señalan que cada ayuntamiento ejerce sus facultades de manera exclusiva, por ser órganos colegiados deliberantes, autónomos, electos popularmente de manera directa; constituyen el órgano responsable de gobernar y administrar a cada municipio y son los representantes ante la autoridad superior.

Así, en los casos no previstos por la ley, el funcionamiento de cada ayuntamiento se sujetará a los reglamentos municipales. En este sentido, los cabildos tienen atribuciones para conceder una licencia hasta por dos meses a sus miembros.