jornada
letraese

Número 155
Jueves 4 de junio
de 2009



Director fundador
CARLOS PAYAN VELVER

Directora general
CARMEN LIRA SAADE

Director:
Alejandro Brito Lemus

pruebate


Contragolpe al derecho a decidir.
Esparce la derecha reformas antiaborto

 

En agosto pasado, el movimiento de mujeres celebraba la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de avalar la constitucionalidad de la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas en la ciudad de México. Al mismo tiempo, la derecha conservadora preparaba la estrategia para evitar que esta medida se extendiera a los estados. En siete meses, 13 entidades han limitado o prohibido la posibilidad de las mujeres de ejercer su derecho a decidir.

Rocío Sánchez

Octubre de 2008. En tiempo récord –como sucedería en la mayoría de los otros estados– el Congreso de Baja California aprobó una reforma a su Constitución para “proteger la vida en gestación, desde el momento de la concepción”. Para no dejar lugar a dudas, la iniciativa incluyó la derogación de las disposiciones legales que contravinieran tal reforma, es decir, las causales permitidas para el aborto legal, estipuladas en el Código Penal.

El revuelo que en 1999 causó la negación del derecho a decidir de la entonces niña Paulina Ramírez Jacinto, llevó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a emitir una recomendación al gobierno mexicano para garantizar a las víctimas de violación su derecho a interrumpir el embarazo. Tal resolución fue pasada por alto al aprobar esta legislación que impide, incluso, el uso de métodos anticonceptivos como el dispositivo intrauterino, cuya función es evitar la implantación del óvulo fecundado (ahora sujeto de derecho) en el útero.

Con pocos días de diferencia, una reforma legal de iguales alcances fue aprobada en Sonora. A las legislaciones provida se han sumado Morelos, Colima, Puebla, Chihuahua, Nayarit, Jalisco, Durango, Quintana Roo, Campeche, Guanajuato y San Luis Potosí. Iniciativas parecidas están en espera de ser votadas en Veracruz, Querétaro, Aguascalientes, estado de México, Oaxaca y Michoacán.

Si bien las modificaciones han sido redactadas de diversas formas, todas apuntan a frenar el avance del derecho a la interrupción del embarazo. Otro común denominador ha sido la alianza entre el Partido Acción Nacional (PAN) y el Partido Revolucionario Institucional (PRI), el primero promoviendo las iniciativas y el segundo respaldándolas, salvo algunas excepciones donde la bancada tricolor se ha visto dividida. El Partido de la Revolución Democrática (PRD), principal impulsor de las despenalización del aborto en el Distrito Federal, ha votado en contra de las restricciones en algunos estados; en otros sólo se ha abstenido.

Cigoto es persona
Martha Juárez, enlace legislativo de la organización civil Consorcio para el Diálogo Parlamentario y la Equidad, explica que no todas las reformas a las constituciones estatales prohíben expresamente el aborto, y sus implicaciones varían de acuerdo a su redacción.

Así, la modificación legal del tipo de la hecha en Puebla da protección a la vida desde la concepción, pero deja abierta la posibilidad incluso de agregar nuevas causales de aborto. “Este planteamiento sería lo más parecido a lo que sucedió en el DF con la llamada Ley Robles (aprobada en 2000): el aborto sigue siendo un delito pero no se limita que se incluyan nuevas causales en el Código Penal, pues se agrega la acotación ‘salvo los casos previstos en las leyes’, es decir, los casos vigentes en ese momento o los que puedan incorporarse en leyes secundarias”.

En los casos de Sonora y Baja California, la prohibición es más explícita, comenta la activista a Letra S. “Por ejemplo, en Baja California se da una protección absoluta pues se reputa al concebido como nacido ‘para todos los efectos legales correspondientes’, lo que minimiza el contenido del Código Penal, es decir, el producto de la concepción entra bajo la protección de toda ley del estado”. En esta entidad, el aborto sería castigado como homicidio calificado, con una pena de hasta 10 años de cárcel.

En el caso de Sonora, explica, se tutela el derecho a la vida desde el momento de la concepción y al mismo tiempo se reconocen y exceptúan las causales de aborto: cuando se da por acto culposo de la mujer, en caso de violación o por peligro de muerte de la madre. “Este planteamiento limita a esas causales: reconoce la excepción pero al mismo tiempo restringe sólo a esas posibilidades”.

Uno de los impactos más fuertes que se espera de estas reformas se dará en la aplicación de la Norma Oficial Mexicana 046 en materia de violencia hacia las mujeres, la cual estipula que es deber de las autoridades de salud garantizar que las mujeres embarazadas producto de una violación tengan acceso a un aborto seguro. “En este caso, la lectura será: la Constitución protege la vida, por lo tanto, no se puede aplicar la NOM”, afirma Juárez. “No se pueden aplicar los servicios de salud para mujeres embarazadas por violación, no se puede dar anticoncepción de emergencia en caso de violación, las mujeres tienen que ir a la cárcel”, señala.

Movilización por los derechos
Sólo el procurador de Derechos Humanos y Protección Ciudadana de Baja California, Francisco Sánchez Corona, hizo eco de las protestas de las mujeres e interpuso una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. El ombudsman de Sonora, Jorge Sáenz Félix, evitó hacer lo propio con el argumento de que, en reiteradas ocasiones, la comisión a su cargo se ha pronunciado por la vida como valor supremo del ser humano.

Ante la falta de acción de los defensores de los derechos humanos, quienes para Martha Juárez no son independientes de los gobiernos que los eligen, mujeres de Colima y Sonora interpusieron 67 y 72 amparos, respectivamente, en contra de las modificaciones a sus constituciones locales.

Pero la acción legal más emblemática consistió en recurrir a las herramientas de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que permite solicitar la emisión de una “alerta de género por agravio comparado”. Este recurso fue ingresado por organizaciones civiles de todo el país por el caso concreto de la ley aprobada en Guanajuato, y consiste en señalar que las mujeres de esa entidad tienen menos derechos que sus iguales en la ciudad de México.

La petición debe ser analizada por la Secretaría de Gobernación, en reunión con los 32 institutos de las mujeres del país, así como otras dependencias. Se esperaba que en la última semana de mayo hubiera una respuesta que, en caso de ser positiva, resultaría en una recomendación para que los estados que han aprobado leyes violatorias de derechos de las mujeres revirtieran esas legislaciones, pero hasta el cierre de esta edición no había noticias al respecto.

Buscando impacto nacional
Martha Juárez observa que “la tirada” de la derecha, encabezada por el PAN, es modificar la Constitución federal para “proteger la vida”. Tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado de la República hay iniciativas en ese sentido, y la activista está segura de que en cuanto cambie la legislatura federal esas propuestas revivirán, acompañadas de la presión política que podría venir de los estados.

Jurídicamente, no es posible que la Ley Suprema de nuestro país sea modificada por el hecho de que los estados (así fueran todos ellos) adopten la “protección de la vida” en sus constituciones locales. Para hacerlo, como lo señala el artículo 135 constiticional, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de dos terceras partes, acuerde las reformas, y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los estados. Juárez confía en que, debido al peso de la opinión pública en la capital del país, “modificar la Constitución sería difícil”.

S U B I R