Sociedad y Justicia
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Hace dos años instruyó a la PGR difundir las averiguaciones

Ordena el IFAI clasificar el número de indagatorias previas contra Gordillo
 
Periódico La Jornada
Viernes 8 de mayo de 2009, p. 48

Con el voto de calidad de la comisionada presidenta, Jacqueline Peschard, el Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) ordenó ayer la clasificación del número de averiguaciones previas presentadas contra la dirigente magisterial, Elba Esther Gordillo, cuando hace dos años habría ordenado a la Procuraduría General de la República (PGR) difundir las que ya se dieron por concluidas y el total de éstas.

La clasificación se avaló a pesar de que el propio IFAI presentó ante la Secretaría de la Función Pública (SFP) una denuncia en contra de la PGR, debido a que ésta ha incumplido desde 2007 el recurso de revisión 488/07, en el cual se le ordena informar sobre las indagatorias presentadas contra la dirigente del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE). Entonces, hasta el IFAI sostuvo que cualquier investigación concluida es de carácter público.

La discusión de este caso, durante casi dos horas, dividió al IFAI. Alonso Gómez Robledo y Juan Pablo Guerrero votaron en contra, y a favor lo hicieron María Marván y Peschard; esta última hizo uso del voto de calidad que le otorga el reglamento del instituto, en caso de un empate y porque aún no se nombra al comisionado que sustituya a Alonso Lujambio, ahora titular de la SEP.

Fue Marván, comisionada ponente del recurso 514/09, quien propuso la clasificación, bajo el argumento de que se han modificado las circunstancias de modo, tiempo y lugar por la reforma al artículo 16 del Código Federal de Procedimientos Penales (CFPP), el cual clasifica todas las averiguaciones previas, incluso las concluidas.

Por esa razón, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos interpuso ante la Corte un recurso de inconstitucionalidad contra las reformas al CFPP.

Guerrero y Gómez Robledo alegaron que mientras resuelve la Corte, el CFPP no puede estar por encima de la Constitución, que mandata la máxima publicidad, ni de la Ley Federal de Transparencia, por ser un código de procedimientos, además que no se puede aplicar de manera retroactiva cuando el IFAI ya resolvió en definitiva. Marván y Peschard arguyeron que una vez que el Senado reformó ese código, tienen la obligación de cumplir la ley.