México D.F. Jueves 11 de noviembre de 2004
Fue vencida la oposición de trasnacional tabacalera
Finalmente aprueban en Nuevo León ley antitabaco
Considera multas de entre 10 y 100 salarios mínimos
DAVID CARRIZALES CORRESPONSAL
Monterrey, NL, 10 de noviembre. Pese a la oposición de la trasnacional British American Tobacco, y a la renuencia inicial de la bancada panista -la cual incluso fue acusada de haber recibido estímulos para bloquear el proyecto-, finalmente el Congreso del estado aprobó en lo general, por unanimidad, la nueva Ley de Protección para No Fumadores, que prevé sanciones económicas de 10 a 100 días de salario mínimo -conmutables por arresto hasta por 36 horas- a las personas que fumen en espacios públicos como hospitales, escuelas, cines, teatros, salvo en las áreas donde expresamente esté permitido.
En el dictamen aprobado se establece que las sanciones previstas en el artículo 37 podrán conmutarse por arresto administrativo, en caso de que el infractor no pueda pagar la multa que se le imponga, en el entendido de que se conmutarán cada 10 cuotas de multa por tres horas de arresto.
Para la imposición de sanciones por un juez calificador se tomará en cuenta la gravedad de la infracción, considerando principalmente la afectación en la salud pública, así como las condiciones económicas del infractor, la reincidencia y las demás circunstancias que sirvan de base para individualizar la sanción.
Las violaciones a la ley serán castigadas por la Secretaría de Salud o por la autoridad municipal correspondiente con sanciones que van desde amonestación, multa, clausura temporal de todo o parte del establecimiento donde suceda la infracción, o arresto hasta por 36 horas. Incluye la amonestación a los padres, tutores o quien ejerza la patria potestad de los menores que sean sorprendidos fumando.
Los lugares donde está prohibido fumar son las áreas cerradas de las bibliotecas y hemerotecas públicas; en las áreas cerradas de los cines, teatros, museos y auditorios a los que tenga acceso el público en general, excepto cuando se realice la acción en las secciones acondicionadas para fumadores.
Asimismo, en los centros de salud, hospitales, clínicas, guarderías e instituciones médicas de los sectores público y privado; en las áreas cerradas de tiendas de autoservicio, y de conveniencia, donde se preste atención directa al público, excepto en secciones acondicionadas:
También se sancionará por fumar en los vehículos de transporte público o escolares, elevadores de edificios públicos o particulares y en cualquier otra área cerrada a la que tenga acceso el público y no cuente con secciones para fumadores y no fumadores.
Daniel Torres, del PRI, dijo que la entrada en vigor de la ley, una vez que sea publicada en el Periódico Oficial del estado, representará un "gran sacrificio" para varios diputados adictos al tabaco, pues ya no podrán consumirlo en el Congreso.
Los 11 diputados panistas votaron a favor de la ley en lo general, pero en lo particular se pronunciaron contra varios artículos, al considerar que se trata de una legislación restrictiva y clasista, porque no toma en cuenta al sector social, "sino únicamente para la aplicación de sanciones".
Jorge Padilla Olvera, del Verde Ecologista, destacó que ésta es la primera iniciativa en la actual Legislatura que es aprobada sin que provenga del Ejecutivo, pues fue impulsada por un grupo "pequeño, pero productivo": el suyo. |