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México D.F. Miércoles 22 de septiembre de 2004

Precisiones del presidente de la Suprema Corte de Justicia

Legales, las reuniones entre poderes

En los últimos días la sociedad civil y los medios de comunicación han exteriorizado diversas opiniones acerca de la reunión que en mi carácter de presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal sostuve con el Presidente de la República, el secretario de Gobernación y el procurador general de la República, el pasado mes de abril. Ante un problema de autoridades del Poder Ejecutivo Federal, relacionado con resoluciones de órganos del Poder Judicial de la Federación, potencialmente de trascendencia nacional, fui convocado por el jefe del Estado Mexicano.

En este sentido ratifico mi compromiso como presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal de mantener el respeto irrestricto al marco constitucional, legal y ético que rige el ejercicio de mis funciones.

Al respecto considero pertinente precisar que en tal reunión se tocaron temas relacionados con situaciones derivadas de resoluciones emitidas con anterioridad por jueces de distrito, confirmadas por tribunales colegiados de circuito, vinculadas con su exacto cumplimiento. Sin embargo debe destacarse que ni en esa reunión ni en ningún otro momento se ha vulnerado la autonomía e independencia del Poder Judicial de la Federación, ni los principios éticos que deben regir la conducta de sus integrantes.

Las reuniones entre representantes de los distintos poderes de un Estado para el correcto y eficaz ejercicio de sus atribuciones, son contactos previstos constitucional y legalmente, y constituyen una práctica habitual en los estados modernos, que evidencian la coordinación que debe prevalecer entre los mismos para el fortalecimiento del estado de derecho. En ningún caso implican trasgresión a las obligaciones legales o morales de estos servidores públicos.

Las reuniones, con base en lo que establece la Constitución

Como representante del máximo tribunal del Estado mexicano he sostenido reuniones no sólo con el Presidente de la República y algunos de sus colaboradores, sino también con senadores, diputados federales y locales, titulares de los poderes ejecutivos de los estados y del Distrito Federal, servidores públicos locales, dirigentes de partidos políticos y representantes de organizaciones no gubernamentales, entre otros.

La presencia de los mencionados funcionarios en la reunión referida, se justifica por la obligación del Poder Ejecutivo federal de auxiliar al Poder Judicial de la Federación en el ejercicio expedito de sus funciones, como se establece claramente en la fracción XII del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En consecuencia, el hecho de abordar el tema relativo al acatamiento de una sentencia de amparo por la Procuraduría General de la República, no denota intromisión o sumisión de un poder a otro, sino el diálogo y comunicación permanente que debe prevalecer entre los mismos, a fin de salvaguardar el orden constitucional del país.

MARIANO AZUELA GÜITRON

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